APRUEBA ORDENANZA DE PARTICIPACION CIUDADANA

    Núm. 1 exenta.- Mejillones, noviembre 29 de 2000.- Vistos:

    Lo acordado por el Honorable Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria Nº246, de fecha 9 de noviembre de 2000, según consta en acta de acuerdo, emanado de Secretaría Municipal.
    Y lo dispuesto en el Título IV de la ley Nº18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, según el texto refundido por el DFL número 2/19.602, publicado en el Diario Oficial con fecha 11 de enero del año 2000.
    Teniendo presente: Que la Constitución Política de la República consagra y garantiza los principios de subsidiariedad y participación, y que la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece diversas modalidades de participación de la ciudadanía.

    R e s u e l v o:


    1.- Apruébese la Ordenanza de Participación Ciudadana de la Municipalidad de Mejillones contenida en el anexo de esta Ordenanza Alcaldicia.

    2.- Entiéndase parte íntegra de la presente Ordenanza el anexo señalado en el punto anterior y que contiene en su totalidad la Ordenanza de Participación Ciudadana aprobada por el Honorable Concejo Municipal.

    3.- Notifíquese a las diversas organizaciones comunitarias de la comuna por intermedio de la Dirección de Desarrollo Comunitario; comuníquese a través de medios locales; dispóngase de un ejemplar oficial en Secretaría Municipal para quien lo solicite.

    Anótese, publíquese, comuníquese a todas las Direcciones y Departamentos Municipales, hecho archívese.- Marcelino Carvajal Ferreira, Alcalde.- Samuel Hidalgo Palacios, Secretario Municipal.