ACTUALIZA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS, CONCESIONES O PERMISOS

    Perquenco, 24 de Febrero de 1986.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:
    Núm. 28.- Vistos estos antecedentes: La necesidad de actualizar la ordenanza local de Derechos Municipales por servicios, concesiones o permisos, sancionada por el decreto Alcaldicio No. 35 del 25.02.85 publicada en el Diario Oficial, lo dispuesto en los artículos 42 y 43 del Decreto Ley No. 3.063 de 1979, Rentas Municipales; y en uso de las facultades que me confiere el Decreto Ley No. 1.289, de 1976, Ley Orgánica de las Municipalidades y Administración Comunal.

    Decreto:

1.- Déjase sin efecto lo estipulado en la letra h del
    artículo No. 1; los puntos No. 1 y 2 del artículo No. 3; los puntos No. 1, 2, 4 y 5 del artículo No. 4 de la Ordenanza Local indicada en los vistos.
2.- Reemplácese lo derogado en el artículo No. 1 por lo siguiente:
    h) Los permisos para ventas los días 20 de Enero y 20 de Marzo, serán estipulados mediante Decreto Alcaldicio con fecha de 10 de Enero y 10 de Marzo de cada año.
3.- Agréguese al artículo No. 2 lo siguiente:
    d) Patentes Provisorias 1/8 UTM
    e) Sellos autoadhesivos 2% UTM
4.- Reemplácese lo derogado en el artículo No. 3 por lo siguiente:
    a) Solicitud de traslado de Licencia de Conducir de Juzgado a Juzgado, fuera del monto de la infracción 2% UTM
5.- Reemplácese lo derogado en el artículo No. 4 por lo siguiente:
    a) Derechos de sepultación: 15% UTM
    b) Derechos de sepultación menores: 9% UTM d) Reparaciones de tumbas: Exento
    g) Valor metro² de Terreno: 25% UTM

    Quedarán exentos de dicho derecho de sepultación las personas de escasos recursos económicos que el Sr. Alcalde determine, previo informe favorable del Departamento Social Comunal.
    A la vez si la familia no posee terreno esta corporación cederá gratuitamente un retazo de un patio que fue especialmente habilitado, previo informe del Departamento Social con la autorización del Sr. Alcalde.

    CONSTRUCCIONES

    Las construcciones inferiores a 30 mts². de superficie quedarán exentas del pago de derecho de construcción previo informe socio económico del Depto. Social.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a los niveles superiores, a los departamentos pertinentes y archívese.- René Caminondo Vidal, Alcalde de la Comuna.- Alejandro Pacheco Valdés, Secretario Municipal.