MODIFICA HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO DE NEGOCIOS DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

    Núm. 1.516 exento.- Puerto Montt, 5 de marzo de 2001.- Vistos: Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido fue fijado por el D.F.L. Nº 2/19.602, de 13 de octubre de 1999, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial de 11 de enero del año 2000; lo instruido en la ordenanza municipal Nº 1, sobre notificaciones Alcaldicias, publicada en el Diario Oficial Nº 32.063, del 28 de noviembre de 1984, y
    Teniendo presente:

    a) La necesidad de modificar la ordenanza Nº 4, de 17 de mayo de 1999, sobre Horario de Funcionamiento de Negocios de Bebidas Alcohólicas;
    b) El acuerdo favorable del Consejo Municipal, adoptado en reunión Extraordinaria celebrada el día 27 de febrero de 2001; y en uso de mis atribuciones legales, dicto el siguiente:

    D e c r e t o:

    Artículo 1º: Introdúcese a la ordenanza municipal Nº 4, de 17 de mayo de 1999, las siguientes modificaciones:
    1.- Modifícase los horarios de funcionamiento de los negocios de bebidas alcohólicas que se singularizan a continuación, en la siguiente forma:

Clasificación              Horarios

Depósitos de bebidas        Desde las 09:00 horas
alcohólicas                hasta las 02:30 horas
                            del día siguiente.

Cantinas, Bares y Tabernas  Desde las 10:00 horas hasta
                            las 02:00 horas del día
                            siguiente.

Negocios de expendio de    Desde las 09:00 horas
cerveza o Sidras de frutas  hasta las 02:00 horas del
                            día siguiente.

Supermercado de bebidas    Desde las 09:00 horas
alcohólicas                hasta las 02:30 horas
                            del día siguiente.

Bodegas, elaboradoras,      Desde las 09:00 horas
envasadoras o              hasta las 24:00 horas.
distribuidoras de vinos
y licores (al por mayor)
Depósitos de Cerveza (con  Desde las 09:00 horas
expendio exclusivamente    hasta las 24:00 horas.
al por mayor)

Casas importadoras de      Desde las 09:00 horas
vinos y licores con        hasta las 24:00 horas.
venta al por mayor

    Artículo 2º: La presente modificación comenzará a regir a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Rabindranath Quinteros Lara, Alcalde de Puerto Montt.- Jorge Schmidt Billeke, Secretario Municipal.