MODIFICA ORDENANZA QUE INDICA
Núm. 10/88.- Huépil, Noviembre 18 de 1988.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, DL 3036 de 1979, la Alcaldía ha dictado la siguiente resolución en carácter de:
Ordenanza:
Artículo primero: Introdúcese las siguientes modificaciones a la Ordenanza Local No. 1 - 87, sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios.
1.- Intercálese en el No. 6 del Art. 8, entre
las palabras "cuando" y "se", la palabra "no".
2.- Agrégase al Art. 8, el siguiente:
No. 7 Inutilización de facsimil de Licencia
de Conductor por suspensión, cancelación,
denegación, no otorgarniento de licencia o
error irreparable 5% UTM
3.- Modifíquese el No. 26 del Art. 9,
incorporado por Ordenanza No. 6/67,
eliminándose la forma y monto de los
derechos y reemplazarse por el siguiente 2% UTM
por cubo
4.- Incorpórase al Art. 12 - No. 4, lo
siguiente:
nichos 10% UTM
5.- Derógase el monto de los derechos
establecidos en el No. 5 del Art. 13,
incorporado por Ordenanza No. 6 87 y
reemplazarse por el siguiente: 1% UTM
Artículo segundo: Introdúcese la siguiente modificación al Art.4 la Ordenanza Local 4-87 sobre Entretenimientos Electrónicos, manuales y otros reemplazándose el guarismo 24 por 02.
Artículo tercero: Introdúcese las siguientes modificaciones a la Ordenanza Local 9-87, sobre conservación de Caminos Comunales:
1.- Agrégase al Art. primero después del punto aparte, que pasa ser reemplazado por una coma, lo siguiente: cerrar o interrumpir el libre tránsito vehícular o peatonal.
2.- Agrégase al Art. tercero, después del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente:
Asimismo, prohíbese a cualquier persona sacar material de los caminos comunales, salvo que cuente con autorización Municipal y previo pago de los derechos correspondientes.
Anótese, comuníquese y archívese.- Manuel Melo Albornoz, Alcalde.- Gloria Arévalo Morales, Secretario Municipal.