PRORROGA ORDENANZA LOCAL No. 1, DE 1988

    Núm. 15 exento.- Marchigüe, 10 de Enero de 1989.- Vistos:
- Teniendo presente lo dispuesto en el Art. No. 43 del Decreto Ley No. 3.063, sobre Rentas Municipales. - Las facultades que me confiere la Ley No. 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    Decreto:

    1.- Prorrógase, por el año 1989 la vigencia de la Ordenanza Local No. 1 del 27.01.88, publicada en el DO 32.983 del 30.01.88, y agréguese al Artículo 10°, el siguiente número:
    11°: Déjese exento del derecho de edificación a obras nuevas en las manzanas comprendidas por las calles: A. Prat - L. Cornejo - Carrera - S. Anselmo y A. Prat Libertad - Casanova - Carrera.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República y archívese.- Sergio Lira Sanfuentes, Alcalde.- Germán O. Acevedo Flores, Secretario Municipal.