MODIFICA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES
    Florida, 27 de Marzo de 1987.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:

    Núm. 151.- Vistos estos antecedentes:

    a) La necesidad de actualizar la Ordenanza de Derechos Municipales, sancionada por Decreto Alcaldicio Nº 03 del 07.01.82, modificada por Decreto Alcaldicio Nº 018 del 09.01.85 y Decreto Alcaldicio Nº 024 del 28.01.86.
    b) El Decreto Alcaldicio Nº 114 del 09.03.87 que crea el Departamento de Obras y Construcciones.
    c) Lo dispuesto en los artículos 27, 42 y 43 del Decreto Ley Nº 3.063 de 1979 "Ley de Rentas Municipales".
    d) Y, en uso de las facultades que me confiere el Decreto Ley Nº 1.289 de 1975, "Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal,

    Decreto:

    Modifíquese la Ordenanza Local de Derechos Municipales, indicada en los Vistos, en la forma que a continuación se señala:

    OBRAS MUNICIPALES

    1.- Reemplácese el Art. 1º, letras b, c, d, f, por lo siguiente:

    - Derechos Municipales por permisos de urbanización, subdivisión, loteos,construcciones, etc., cancelan de acuerdo a lo estipulado por el DFL 458 del MINVU, a excepción del Derecho Municipal por la construcción de viviendas económicas de menos de 40 m2. de superficie y bajo Indice CAS (1, 2 y 3, previa certificación del Depto. Social), el cual será igual al 0,5% del Presupuesto de las Obras.

    RENTAS Y PATENTES

    2.- Reemplácese el Art. 4º, letras d, g y h, por lo que sigue:

    d) Ambulante en Vehículo, 10% UTM diario.
    g) Permiso para funcionamiento de circo o instalación de otro tipo, 5% UTM diario.
    h) Permiso para instalación de bazares y otros juegos, 2,5% UTM diario y 25% UTM por un mes.
    i) Derecho Municipal por ocupación de un (01) módulo artesanal, mensual 10% UTM por un mes.

    VARIOS

    3.- Reemplácese el Art. 7º, letras d, n y o, por lo que sigue:

    d) Baile con venta de bebidas analcohólicas y comestibles, 25% UTM por funcionamiento diario.
    n) Derechos por permisos no consultados en la presente Ordenanza entre un 10% UTM a 2 UTM, porcentaje que será resuelto por el Alcalde, tendida la naturaleza del permiso solicitado.
    o) Derechos de Sello Municipal por Solicitud, $ 20.-
    p) Facúltase al Alcalde para rebajar o dejar exento de pago de Derechos Municipales a aquellas instituciones de la Comuna, que por sus objetivos propios no persiguen fines de lucro.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Juan Eduardo Toledo Cartes, Alcalde.- Norma Herrera Macaya, Secretario Municipal (I).