MODIFICA ORDENANZA Nº 1, DE 1987, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

    Núm. 172.- Renca, 26 de Enero de 1988.- Vistos: Las facultades conferidas por DL Nº 1.289, Orgánico de Municipalidades y Administración Comunal, y lo dispuesto en el artículo 43º y demás pertinentes del DL Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; Considerando:

    -La Ordenanza Nº 1 de 02 de enero de 1987 sobre derechos municipales;
    -La necesidad de actualizar los derechos municipales para 1988;
    -La exigencia legal establecida en el art. 43º del DL Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales,
    Decreto:

    Modifícase la Ordenanza Nº 1 de 02 de enero de 1987, sobre derechos municipales por permisos, concesiones y servicios municipales, en la forma que a continuación se indica:

    1.- En el punto Nº 1, c mbiase la frase "1º de enero de 1987" por "1 de enero de 1988".

    2.- El art. 9º Nº 2 queda redactado en la siguiente forma:
    "2.- Revisión y control de taxímetro cuando no se efectúe en conjunto con el pago del permiso de circulación (incluye certificado y sello) 10% UTM".

    3.- El art. 10º Nº 4 queda redactado en la siguiente forma:
    "4.- Cambio de domicilio, en licencia de conducir, examen teórico, examen práctico, examen médico cuando no se trate del que debe rendirse para el otorgamiento de licencia de conductor, incluyendo certificación 10% UTM".

    4.- En el art. 10º Nº 9 se cambia sólo el porcentaje, en lugar de "25% UTM" ser , "20% UTM".

    5.- En el Art. 10º Nº 10, reemplázase dicho número por el siguiente:
    "10.- Empadronamiento y placa para carros de mano y vehículos de tracción animal 10% UTM".

    6.- En el art. 11º Nº 5, el inciso 2º se reemplaza su redacción por la siguiente:
    "5.- Se exceptúan de dicho cobro aquellos vehículos que sean trasladados e ingresados a playas municipales provenientes de accidentes del tránsito u otros contemplados en los artículos 50º, 98º, 179º y 180º de la Ley Nº 18.290 de Tránsito y los retenidos judicialmente hasta 3 días después de la orden de devolución emitida por el Tribunal".

    7.- Modifícase el art. 12º en la siguiente forma:
    a) En el punto Nº 2 se aumenta el porcentaje de cobro de "10% UTM" a "15% UTM".
    b) En el punto Nº 3 se suprime la frase entre paréntesis "(El porcentaje a pagar será determinado por el Depto. de Organizaciones Comunitarias)" y el porcentaje a cobrar se fija en 10% UTM
    c) El punto Nº 5 se suprime

    8.- Modifícase el art. 13º en la siguiente forma:
    a) Suprímese el punto Nº 1.
    b) Modifícase la numeración de tal manera que el Nº 2 pasa a ser el Nº 1 y así sucesiva y correlativamente hasta llegar al Nº 15 que pasa a seránº 14.

    9.- Modifícase el art. 14º en la siguiente forma:
    a) En el inciso primero entre la palabra ocupación" y "de bienes" se intercala la palabra "permanente".
    b) En el art. 14º Nº 1 se rebajan los derechos de "50% UTM" a "10% UTM".

    10.- Se agrega al final del art. 17º la siguiente frase: "Cuando las actividades se realicen en cualquier época del año, se pagará la parte proporcional, con un mínimo de un trimestre".

    11.- En el art. 18º se efectúan las siguientes modificaciones:
    a) En el punto Nº 12 se modifica el derecho a pagar de "2% UTM" a "3% UTM".
    b) Se suprime el punto Nº 14
    c) El punto Nº 15 pasa a seránº 14.
    d) El Nº 16 pasa a seránº 15 y se modifica quedando redactado en la siguiente forma: "Oficialización de planos, especificaciones técnicas y otros documentos del expediente, por cada documento autorizado (sin incluir valor de la copia) 0.1% UTM".
    e) El punto Nº 17 pasa a seránº 16.

    12.- El art. 19º se modifica de la siguiente manera:
    a) El Nº 2 queda redactado de la siguiente manera "Revisión de anteproyectos y conjuntos armónicos 100% UTM".
    b) Se suprime el punto Nº 3
    c) El punto Nº 4 pasa a seránº 3 y así sucesivamente hasta llegar al punto Nº 13 que pasa a seránº 12.

    13.- El art. 20º se modifica quedando redactado de la siguiente manera: "La ocupación temporal de espacio público por faenas relacionadas con instalaciones de servicios públicos, tales como: agua, alcantarillado, electricidad, gas, teléfono y otros similares, pagará un derecho municipal básico y uniforme equivalente al valor de 3 cuotas de ahorro para la vivienda, más un 5% de cuota de ahorro para la vivienda por m2. diario ocupado. Para el conjunto de los m2. se considerará el largo total del tramo y el ancho total de ocupación del bien nacional de uso público que indique el permiso".

    14.- Se suprime el art. 22º.

    15.- El art. 23º pasa a ser art. 22º y se modifica de la siguiente manera:
    a) En los Nºs 3 y 4 se cambia la palabra "autorizada" por "legalizada".
    b) El punto Nº 5 queda redactado de la siguiente manera: "5.- Copia legalizada de Ordenanzas, Acuerdos, Resoluciones y Decretos Municipales u otros documentos que emanen del Municipio, por hoja 1% UTM".
    c) Se suprime el Nº 11.

    16.- El art. 24º pasa a ser art. 23º.

    17.- En el "Título Final" se introducen las siguientes modificaciones:
    a) El art. 25º pasa a ser art. 24º.
    b) Se agrega a continuación del art. 24º y con el Nº 25 el siguiente artículo:
    "25.- El Alcalde previo Decreto Alcaldicio, podrá eximir o rebajar los derechos señalados en la presente Ordenanza, previo informe fundado y tratándose de situaciones o actuaciones de aplicación general y uniforme para los habitantes de la comuna".

    18.- Se cambia el Nº 2 por el siguiente texto:
    "2.- Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial sólo el texto de las presentes modificaciones efectuadas a la Ordenanza Nº 1 de 02 de enero de 1987, la cual a su vez fue publicada en extenso en el Diario Oficial con fecha 23 de enero de 1987".

    19.- Se cambia el Nº 3 por el siguiente:
    "3.- Las modificaciones señaladas en el presente Decreto comenzarán a regir a partir del 01 de enero de 1988 en lo que fuese aplicable".

    Anótese; comuníquese, publíquese y archívese.- Antonio Giménez Petersen, Alcalde.- Juan E. Manríquez Ulloa, Secretario Municipal.