MODIFICA DECRETO EXENTO Nº 2, DE 1988

    Núm. 60 exento.- Rancagua, 25 de Enero de 1988.- Considerando:

    1.- Que, mediante el Decreto Exento Nº 2, de 05 de enero último, se introdujeron modificaciones al Decreto Exento Nº 890, de 17 de Diciembre de 1985, que aprobó la Ordenanza Local de Derechos Municipales por Servicios, Concesiones y Permisos.
    2.- Que, en el referido decreto modificatorio se deslizaron errores y omisiones que deben ser subsanados.
    3.- Lo informado por la División de Operaciones, a través de su Ord. Nº 26, de 21 de Enero último, y
    Vistos: Los artículos 6º letra a) y 13º del DL Nº 1.289, de 1976, que contiene la Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal y las resoluciones números 600 y 1.050, de 1977 y 1980, respectivamente, ambas de la Contraloría General de la República.

    Decreto:

    Modifícase el Decreto exento Nº 2, de 05 de enero de 1988, en la forma que se indica:

    I Sustitúyese el texto del apartado C), "Dirección de Obras Municipales". 5º, Nº 19, letra a) por el siguiente: "a) Reconstrucciones de edificios dañados o destruidos por catástrofes, tales como terremotos, incendios, inundaciones y otros de fuerza mayor".

    II Sustitúyese el texto del Apartado C), "Dirección de Obras Municipales", 5º, Nº 19 letra a) por el siguiente: "c) Construcciones cuyos propietarios acrediten un ingreso familiar mensual inferior a 1,5 UTM, previo informe de la División Social Comunal".
    Anótese, comuníquese, infórmese a la Intendencia de la VI Región, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Ricardo Sandoval Hernández, abogado, Secretario Municipal.