MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 171.- Carahue, 30 de Diciembre de 1987.- Vistos estos antecedentes
1.- El Artículo 43 del DL Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.
2.- El Decreto Alcaldicio Nº 2 de 1982, de la I. Municipalidad de Carahue.
3.- El Decreto Alcaldicio Nº 1 de 1983, de la I. Municipalidad de Carahue.
4.- El Decreto Alcaldicio Nº 1 de 1987 de la I. Municipalidad de Carahue.
5.- Las facultades que me confiere el DL Nº 1.289 de 1975, "Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal".
Considerando:
1.- La necesidad de modificar la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales, por concesiones, permisos y servicios.
Decreto:
1.- Modifícase a contar del 01 de Enero de 1988, la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios, de la siguiente manera:
a) Derechos por Construcciones y Urbanización Art. 5º.
1.- Subdivisiones y loteos; 1% del avalúo fiscal del terreno
2.- Obras nuevas y ampliación; Tasa Suprimida.
3.- Alteraciones, reparaciones, reconstrucción y obras menores; 1% del presupuesto.
4.- Planos tipos autorizados por MINVU: 1% del presupuesto.
5.- Modificaciones de proyectos: 0,75% del presupuesto.
6.- Demoliciones: 0,50% del presupuesto.
7.- Cert. de líneas, números, recepción venta por piso, planos: 2 C.A. para la vivienda.
8.- Andamios, cierros, por cada metro lineal diario: 3.5.% del avalúo fiscal del terreno ocupado.
9.- Mantención de materiales de construcción o escombros en la vía pública, diario. 2% UTM
10.- Extracción de materiales áridos por M3: 2% UTM
b) Derechos Varios:
Se modifica el artículo 7º por lo siguiente:
Art. 7º.- Los servicios que se indican más adelante pagarán los derechos, que por cada caso se indican:
1.- Inscripción de marca a fuego
para animales 25% UTM
2.- Derechos por beneficio de
vacunos y equinos 5% UTM
3.- Derechos por beneficio de
lanares y cerdos 2% UTM
4.- Bailes sociales 1 UTM
5.- Bailes populares 75% UTM
6.- Carreras y torneos 50% UTM
7.- Bingos 50% UTM
8.- Té infantil 5% UTM
9.- Guías de libre tránsito de animales $ 30.
10.- Traslado de negocios 20% UTM
11.- Sello Municipal, por cada
vacuno o caballar $ 20.
12.- Sello Municipal por cada
lanar o cerdo $ 10.
Art. 8º.- Los valores expresados en pesos, se reajustarán de acuerdo al Art. 60 del Decreto Ley Nº 3063/79.
Anótese, comuníquese a la Intendencia Regional y publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile.- Mario Durán Artigas, Alcalde Subrogante.- Mario Ordenes Pfannschmidt, Secretario Municipal (S).