MODIFICA ORDENANZA LOCAL, SO8RE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

    Núm. 146 exento.- Galvarino Diciembre 31 de 1987.- Vistos:
    - Lo dispuesto en el Artículo 42 y 43 del Decreto Ley Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales;
    - Decreto Exento Nº 119 del 31 de Diciembre de 1986, de la I. Municipalidad de Galvarino;
    - Y teniendo presente las facultades que me confieren los Artículos 12 y 13 del DL 1.289 de 1976,
    Decreto:


    Modifícase la Ordenanza Local vigente, sobre
Derechos Municipales por concesiones, permisos y
servicios en la forma que a continuación se expresa:

    TITULO IV

    Derechos Municipales Relacionatos con las Patentes
por Ejercicio Transitorio de Actividades Lucrativas

    Artículo 5º. Modifícase:

    Letra d) Vestuario, calzado y no comestible mensual 1 UTM
    Letra f) Reuniones sociales, Bingos, Carreras a la Chilena, Torneos, Ramadas y Bailes, con venta de Bebidas Alcohólicas diario 50% UTM

    Elíminese letras H - I y reemplácese por:

    h. Funcionamiento de circo, instalación Tribus Nómades y Fiestas Religiosas: Tasa suprimida i. Presentaciones Artísticas y Culturales: Tasa suprimida

    TITULO V

    Derechos Varios

    Artículo 6º. Elimínese números 5 y 6 y modifícase el número 1 de este artículo por el siguiente:
    1. Inscripción marca a fuego 10% UTM

    TITULO VII

    Derechos Relativos a Urbanización y Construcción
    Artículo 8º. Modifícase este artículo en la forma que a continuación se expresa:

1. Subdivisiones y Loteos: 1% del avalúo fiscal del terreno
2. Subdivisiones y Loteos: En avalúos inferior a 220 UF. Tasa Suprimida
3. Obra Nueva y Ampliaciones: 0,40% del presupuesto 4. Obra Nueva y Ampliaciones: En presupuestos inferior a 220 UF. Tasa Suprimida
5. AIteraciones; reparaciones; obras de mantención; menores y provisorias: Tasa Suprimida
6. Modificaciones de Proyecto: 0,6% del presupuesto 7. Demoliciones, previa presentación de certificado de desratización: Tasa Suprimida
8. Certificado de deslinde en conformidad a plano catastro: Tasa Suprimida
9. Certificado creación de número: Tasa Suprimida 10. Certificado de cualquier naturaleza: Tasa Suprimida 11. Viviendas Beneficiadas con el Subsidio Rural: Tasa Suprimida

    Y Elimínase la letra C del artículo 9º del Título VII.

    Anótese, infórmese a Intendencia Regional, Gobernación Provincial, publíquese en el Diario Oficial de la República, comuníquese y transcríbase a los Departamentos pertinentes y archívese.- Silvia Horn Lemp, Acaldesa.- Clara Neculhueque Marín, Secretaria Municipal.