AMPLIA Y MODIFICA DECRETO EXENTO Nº 1.042, DE 1987
    Núm. 171 Ex.- Puente Alto, 12 de Febrero de 1988.- Vistos El Decreto Alcaldicio Nº 757, de 30 de Diciembre de 1983, Ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos, Concesiones y Servicios, y sus modificaciones posteriores y las facultades que me confiere el DL Nº 1.289, Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal.

    Considerando: La necesidad de corregir el Decreto Exento Nº 1.042 del 31 de Diciembre de 1987, por haberse consignado error en porcentaje y omisión de derecho municipal, en la parte pertinente y que se indica,
    Decreto:

    Amplíase y modifícase el Decreto Exento Nº 1.042 del 31 de Diciembre de 1987, en la forma que se señala:

a) Texto del Art. 14 Nº 16, primera parte:

    Dice Extracción de arena, ripio u otros materiales de bien nacional de uso público, desde banco arenero, por metro cúbico: 0,1% UTM.

    Debe decir Extracción de arena, ripio u otros materiales de bien nacional de uso público, desde banco arenero, o desde pozo lastrero de propiedad particular, por meto cúbico: 0,1% UTM.

b) Texto del Art. 14 Nº 16, en su parte final:

    Ocupación de bien nacional de uso público por concepto de banco arenero en el río Maipo, por metro cuadrado, anual:
    Dice 0,09% UTM.
    Debe decir 9,0% UTM.

    Regístrese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Víctor Hugo V squez Rogat, Alcalde.- Pablo Zenteno Vergara, Secretario Municipal subrogante.