INTRODUCE MODIFICACIONES QUE INDICA A ORDENANZA LOCAL Nº 55, DE 1980

    Núm. 1 exento.- Pichilemu, 04 de enero de 1988.- Considerando: La necesidad de modificar la Ordenanza Municipal Nº 55 de 20.06.80, publicada en el Diario Oficial de fecha 30.06.80, complementada por Decreto Alcaldicio Nº 342 de 27.10.83, con el propósito de incorporar nuevos valores, sobre derechos municipales, permisos o servicios y;
    Vistos: Lo dispuesto en el art. 43 del DL Nº 3.063. sobre Rentas Municipales y en uso de las atribuciones que me confieren los Art. 12 y 13 del Decreto Ley Nº 1.289, Orgánico de Municipalidades,

    Decreto:

    Introdúcense las siguientes modificaciones a la Ordenanza Local Nº 55, de 1980, publicada en el Diario Oficial de fecha 30.06.80, complementada por Decreto Alcaldicio Nº 342, de 27.10.83.

    Artículo 1º.- Agrégase a continuación del punto 5 del art. 17 los siguientes puntos.

    6.- Transporte remunerado de pasajeros y/o comercio vehículos tracción animal.
    a) Coches de 1 eje anual 15% UTM
    b) Coches de 2 ejes anual 30% UTM

    7.- Derechos uso Andén microbuses y taxibuses recorridos intercomunales e interprovinciales.
    a) Derechos uso Andén cada salida buses y taxibuses 3% UTM
    Anótese, comuníquese al Sr. Intendente Regional, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a los Departamentos Municipales y archívese.- René Maturana Maldonado. Alcalde.- Gustavo Parraguez Galarce, Secretario.