MODIFICA ORDENANZA Nº 9, DE 1999
Núm. 6.- Providencia, 9 de junio de 2000.- Vistos: Lo establecido en los artículos 40 y 42 del D.L. 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales y teniendo presente las facultades que me confieren los artículos 5 letra d), 12, 63 letra i), 65 letra j) y 79 letra b) de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y
Considerando:
1.- La ordenanza Nº 9 de 23 de diciembre de 1999, rectificada por ordenanza Nº 1 de 7 de febrero de 2000, que fijó el texto de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales que regirá en el año 2000, modificada por ordenanza Nº 5 de 23 de mayo de 2000.
2.- La necesidad de establecer los derechos municipales que se deberán pagar por la ocupación del Complejo Piscina Temperada.
3.- El acuerdo Nº 529 tomado en sesión ordinaria Nº 175 de 6 de junio de 2000 del Concejo Municipal, se dicta la siguiente:
O r d e n a n z a:
1.- Modifícase la ordenanza Nº 9 de 23 de diciembre de 1999, que fijó el texto de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales que rige para el año 2000, rectificada por ordenanza Nº 1 de 7 de febrero de 2000 y modificada por ordenanza Nº 5 de 23 de mayo de 2000, en el sentido de intercalar a continuación del artículo 33 el siguiente artículo.
''Artículo 33-1. Los residentes y usuarios de la comuna pagarán por el uso de las instalaciones del Complejo Piscina Temperada Santa Isabel los siguientes derechos:
A.- Planes Mensual
A.1.- Niños entre 4 y 14 años, adultos
mayores de los Centros Integrales,
discapacitados y jóvenes del Programa
Juventud 2000, por persona $10.000.-
A.2.- Personas no comprendidas en la letra
anterior, por persona $20.000.-
A.3.- Familia (padre, madre, hijos) $30.000.-
B.- Programas
B.1.- Cursos de natación, mensual
B.1.1.- dos veces por semana $20.000.-
B.1.2.- tres veces por semana $28.000.-
B.2.- Cursos en salones, mensual
B.2.1.- horario fijo $11.000.-
B.2.2.- horario libre $22.000.-
B.3.- Gimnasia acuática, mensual
B.3.1.- 8 sesiones $16.000.-
B.3.2.- 12 sesiones $24.000.-
B.4.- Spin bike
B.4.1.- 8 sesiones $15.000.-
B.4.2.- 12 sesiones $20.000.-
C.- Ocupación de Recintos, por hora
C.1.- Uso pista piscina $25.000.-
C.2.- Uso de salones $25.000.-
C.3.- Uso libre de piscina
C.3.1.- horario alto, sábado, domingo y
festivos, por persona $6.000.-
C.3.2.- horario bajo, por persona $4.000.-
Las personas incorporadas en los planes señalados en la letra A, tendrán un descuento del 25% en los programas individualizados en la letra B.''.
2.- Los derechos antes señalados, comenzarán a regir el primer día del mes siguiente al de la publicación de la presente ordenanza.
Anótese, comuníquese, publíquese en un diario de los tres de mayor circulación y archívese.- Cristián Labbé Galilea, Alcalde.- Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Josefina García Trías, Secretario Abogado Municipal.