MODIFICA ORDENANZA LOCAL Nº 4, DE 1986
Núm. 753 exento.- Río Bueno, 31 de diciembre de 1987.- Vistos: 1.- El Decreto Supremo Nº 1.110 (I) de 30.08.85, que nombra Alcalde de la comuna de Río Bueno
Teniendo presente:
1.- Las facultades que me confiere el DL 1.289, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal.
2.- La Ordenanza Nº 04 de fecha 02 de enero de 1986.
Considerando: 1.- La necesidad de ampliar la cobertura de los derechos municipales por ingresos del Terminal de Buses y constituidos por el uso de losa, dicto lo siguiente:
Decreto:
Artículo Primero: Introdúcese la siguiente modificación a la Ordenanza Local Nº 4 de 1986, sobre Derechos Municipales a cobrar por el Departamento de Rentas y Patentes:
1.- Agrégase al Art. 8º, lo siguiente:
1.1. Derechos por uso de losa en el Terminal de Buses:
a) Buses Rurales: 1.14% UTM por salida
b) Buses Intercomunales:
- Con recorrido de
hasta 20 Kms 0,8% UTM por salida
- Con recorrido de más
de 20 Kms 1,14% UTM por salida
c) Buses Interprovinciales:
- Con recorrido de
hasta 100Kms 1,14% UTM por salida
- Con recorrido de
101 - 300 Kms 1,59% UTM por salida
- Con recorrido de más
de 300 Kms 2,1% UTM por salida
Artículo Segundo: Esta modificación empezará a regir de la fecha de la presente Ordenanza.
Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Víctor Bravo Letelier, Alcalde.- Carmen Vergara Casanova, Secretaria Municipal.