PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO ALCALDICIO Nº 2.306, DE 1986

    Núm. 18.- Los Angeles 05 de enero de 1988.- Vistos: estos antecedentes: Las facultades que me confieren los Art. 12º y 13º del DL Nº 1.289 de 1975, Orgánico de Municipios y Administración Comunal y teniendo presente las disposiciones del Art. Nº 43 y demás pertinentes del DL Nº 3.063 sobre rentas municipales.

    Decreto:


1.- Prorrógase por todo el año 1988, la vigencia del Decreto Alcaldicio Nº 2.306 del 31.12.86, publicado en el Diario Oficial del día 15.01.87 que contiene la ordenanza local sobre Derechos por Concesiones, Permisos y Servicios de la Municipalidad de Los Angeles.
2.- Modifíquese la Ordenanza Municipal contenida en el Decreto mencionado en el punto anterior, en la forma que a continuación se detalla, modificación que tendrá vigencia desde la publicación en el Diario Oficial del presente decreto:

  A: ARTICULO 12º
      Nº 11: Reemplazar por:
      Remoción de pavimento, por m2. diario  1% UTM
  B: ARTICULO 17: Agregar
      Derecho de tramitación por devolución
      valor Licencia de Conducir, cualquier
      tipo, a contribuyentes que no reúnen
      los requisitos para su otorgamiento    5% UTM

    Infórmese al Sr. Intendente Región del Bío Bío, publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile y transcríbase a todas las reparticiones municipales para su aplicación.- Antonio Rusque Pérez, Alcalde(S).- Jorge Mellado Hidalgo, Secretario Municipal (S).