EXTRACTO DE DECRETO ALCALDICIO Nº 1.193 EXENTO, DE 1987
    Rancagua, 16 de diciembre de 1987.- Con esta fecha la Alcaldía decretó lo siguiente:

    Núm. 1.193 exento.-

    I. Exprópianse por causa de utilidad pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del DFL Nº 458, de 1976, del MINVU, los retazos de los inmuebles que se señalan a continuación:

    a) Propiedad ubicada en el costado oriente de la Carretera Panamericana Sur entre la Villa Constanza y la Villa Escorpio, Rancagua, de dominio de don Hubert Bailey Breary, Rol de Avalúo Nº 690-15, inscrita a fojas 638 Nº 859 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 1941.
    La superficie a expropiar es de 3.137,25 metros cuadrados y se encuentra contenida dentro de los siguientes deslindes:

    Norte, en 37 metros con calle Manuel Montt y área verde Villa Escorpio; Sur, en 35 metros con calle Manuel Montt y área verde Villa Constanza; Oriente, en 91 metros con propiedad de don Hubert Bailey Breary, línea oficial de cierre de por medio; y Poniente, en 91 metros con Carretera Panamericana Sur.

    b) Propiedad ubicada en la Avda. Bernardo O'Higgins esquina calle Poniente, Camino El Trapiche, sector poniente de la ciudad de Rancagua, de dominio de la Sociedad Viviendas Consorcio Fe Grande Limitada, Rol de Avalúo 6.799, inscrita a fojas 2.856 vta. Nº 1.730 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 1986.
    La superficie a expropiar es de 2.882 metros cuadrados y se encuentra contenida dentro de los siguientes deslindes:

    Norte, en 100 metros con propiedad de la Sociedad Viviendas Consorcio Fe Grande Limitada, línea oficial de cierre de por medio; Sur, en línea quebrada de 67 metros y 33 metros con camino El Trapiche; Oriente, en línea irregular de 27 metros y 8 metros con Avda. Bernardo O'Higgins; y Poniente, en 34 metros con camino El Trapiche, Canal de por medio.

    II. Fíjase provisionalmente el monto de las indemnizaciones por expropiación de los inmuebles en las siguientes sumas:

    a) Propiedad de don Hubert Bailey Breary: $ 6.500.000.
    b) Propiedad de la Sociedad Viviendas Consorcio Fe Grande Limitada: $ 1.157.000.-

    III. Impútese el gasto al Subtítulo 31 Item 52 Asignación 001 del Presupuesto Municipal vigente para 1987 y páguese en su oportunidad.

    IV. Encontrndose conformes con la expropiación y su monto, recábese a los propietarios de los inmuebles afectados por la expropiación para que concurran a suscribir acta de acuerdo que redactará la Asesoría Jurídica Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 11 del DL Nº 2.186, de 1978.

    V. Publíquese en extracto el presente Decreto por una sola vez en el Diario Oficial, en días 1º ó 15, y también por una vez, en el Diario "El Rancagüino".

    VI. Remítanse copias del extracto del presente decreto a Carabineros de Chile, para su entrega a los propietarios.

    VII. Anótese al margen de las respectivas inscripciones de dominio.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Ricardo Sandoval Hernández, Secretario Municipal.