MODIFICA DECRETO ALCALDICIO No. 97, DE 1985

    Núm. 112.- Papudo, 28 de Noviembre de 1985.- Vistos:
    1°.- Decreto Supremo No. 620 de fecha 08 de Mayo de 1985, que me nombra Alcalde de la I. Municipalidad de Papudo.
    2°.- La facultad que me confiere la Ley 1.289 "Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal".
    3°.- Lo dispuesto por el Artículo 43 del Decreto Ley 3.063 de fecha 24 de Diciembre de 1979, sobre rentas Municipales.
    4°.- Decreto Alcaldicio No. 40 de 1980 de este Municipio, que aprueba Ordenanza Local de derechos Municipales por servicios, concesiones o permisos y Decreto Alcaldicio No. 097 de fecha 30.08.85 que modifica en parte el anterior.
    5°.- La necesidad de modificar el cobro temporal por concepto de instalación de Parques de Atracciones o Entretenciones, además de agregar cobros que deben ser girados por Dirección de Obras.

    Decreto:

    1°.- Modifíquese la letra j del No. 3 del Art. No.
2, y letra a del No. 3 del Art. No. 4, estipulado en
Decreto Alcaldicio No. 040 de 1980 y su modificación
indicada en Decreto Alcaldicio No. 097 de fecha
30.08.85, en su totalidad por lo siguiente:


j) Parque de Entretenciones:
  Temporada: de 10 a 65 UTM
  Artículo No. 4:
  Derechos Municipales por Servicio de Aseo y Ornato.

a) Retiro de escombros, por metro cúbico, exceptuándose los meses de Enero y Febrero: 20% UTM
c) Andamios y cierros para construcciones por cada metro lineal de ocupación de la calle diariamente:
  3,5% del avalúo fiscal del terreno ocupado.
d) Remoción de estabilizado, veredas y calles por m2:
  Diario: 1% UTM.
e) Mantención de escombros en la vía pública (primeros 5 días... 1% UTM
    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a las unidades Municipales correspondientes y archívese.- Julio Paredes Pizarro, Alcalde.- Sonia González Valdés, Secretaria Municipal, Subrgte.