MODIFICA DECRETO ALCALDICIO No. 97, DE 1985
Núm. 112.- Papudo, 28 de Noviembre de 1985.- Vistos:
1°.- Decreto Supremo No. 620 de fecha 08 de Mayo de 1985, que me nombra Alcalde de la I. Municipalidad de Papudo.
2°.- La facultad que me confiere la Ley 1.289 "Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal".
3°.- Lo dispuesto por el Artículo 43 del Decreto Ley 3.063 de fecha 24 de Diciembre de 1979, sobre rentas Municipales.
4°.- Decreto Alcaldicio No. 40 de 1980 de este Municipio, que aprueba Ordenanza Local de derechos Municipales por servicios, concesiones o permisos y Decreto Alcaldicio No. 097 de fecha 30.08.85 que modifica en parte el anterior.
5°.- La necesidad de modificar el cobro temporal por concepto de instalación de Parques de Atracciones o Entretenciones, además de agregar cobros que deben ser girados por Dirección de Obras.
Decreto:
1°.- Modifíquese la letra j del No. 3 del Art. No.
2, y letra a del No. 3 del Art. No. 4, estipulado en
Decreto Alcaldicio No. 040 de 1980 y su modificación
indicada en Decreto Alcaldicio No. 097 de fecha
30.08.85, en su totalidad por lo siguiente:
j) Parque de Entretenciones:
Temporada: de 10 a 65 UTM
Artículo No. 4:
Derechos Municipales por Servicio de Aseo y Ornato.
a) Retiro de escombros, por metro cúbico, exceptuándose los meses de Enero y Febrero: 20% UTM
c) Andamios y cierros para construcciones por cada metro lineal de ocupación de la calle diariamente:
3,5% del avalúo fiscal del terreno ocupado.
d) Remoción de estabilizado, veredas y calles por m2:
Diario: 1% UTM.
e) Mantención de escombros en la vía pública (primeros 5 días... 1% UTM
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a las unidades Municipales correspondientes y archívese.- Julio Paredes Pizarro, Alcalde.- Sonia González Valdés, Secretaria Municipal, Subrgte.