MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS O SERVICIOS
Chillán, Junio 19 de 1985.- Esta Alcaldía decreta hoy lo que sigue:
No. 3.- Vistos: Estos antecedentes:
1. Lo dispuesto en el Art. 6° transitorio 42 y 43 del DL 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales y, 2. Teniendo presente las facultades que me confiere el DL 1.289, de 1976, Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal, lo dispuesto en la Ordenanza Municipal No. 1, de fecha 3 de Enero de 1983, y sus modificaciones posteriores, sobre derechos municipales por Concesiones, Permisos o Servicios.
Considerando: La necesidad de introducir algunas modificaciones a la ordenanza mencionada, a objeto de adecuarla a la realidad de la comuna,
Decreto:
Modifícase, a contar de su publicación en el Diario Oficial de la República, la Ordenanza sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos o Servicios actualmente vigente en la Comuna, en la forma que se señala:
I. Sustitúyense la letra C del art. 5°, por la siguiente;
C.- FERIA LIBRE Y PORTALES DEL MERCADO MUNICIPAL
1.- a) Por camión diario enrolado minoristas $ 150
b) Por camión diario enrolado mayoristas $ 250
(patio 5 de Abril)
2.- Por ocasional de camión, diario $ 500
3.- Por carro con productos lácteos, diario $ 100
4.- Por carretera, diario $ 60
5.- Por comerciantes establecidos con tarimas
enrolados, diario $ 50
6.- Por cajones, canastos y sacos con
mercaderías, diario $ 20
7.- Por comerciante establecido, mercado
persa, diario $ 60
8.- Cobro mínimo, diario $ 20
9.- Portales del mercado $ 100
II. Sustitúyense las letras B.-, C.-, y D -, del artículo 19.- por las siguientes:
B.- NICHOS TEMPORALES:
1.- Nichos para adultos por 20 años, 1a corrida 6,30 U.T.M.
2.- Nichos para adultos por 20 años, 2a corrida 6,30 U.T.M.
3.- Nichos para adultos por 20 años, 3a corrida 6,00 U.T.M.
4.- Nichos para adultos por 20 años, 4a corrida 4,30 U.T.M.
5.- Nichos para adultos por 20 años, 5a corrida 3,80 U.T.M.
C.- TERRENOS PATIO No. 1 (PARA CONSTRUCCION DE TUMBAS, BOVEDAS Y MAUSOLEOS)
1.- Valor metro cuadrado 2,45 U.T.M.
D.- TERRENOS PARA SEPULTURAS FAMILIARES, EN TIERRA DE (4,45 M2 1,65 m x 2,70 m)
1.- Valor metro cuadrado 2,00 U.T.M.
Anótese, infórmese al Sr. Intendente Regional de la Octava Región del Bío Bío, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a los Departamentos Municipales pertinentes y archívese.- Juan Héctor Canahuate Marzuca, Alcalde de Chillán.- Vasco Sepúlveda Landeros, Secretario Municipal.