EXTRACTO DE DECRETO DE DEMOLICION Y EXPROPIACION
    Rancagua, 31 de Diciembre de 1984.- Con esta fecha la Alcaldía ha decretado lo siguiente:
    Núm. 689 exento Decreto:

    I Procédase a la demolición del muro ubicado en calle Calvo N°. 711, de propiedad de la sucesión de don Manuel Vidal Matamala, otorgándose un plazo de 15 días para el desalojo y ejecución de la demolición.
    Si la propietaria no diere cumplimiento en esta orden dentro del plazo señalado, procédase a ello por el Departamento de Aseo y Ornato, por cuenta de la propietaria.
    II Exprópiase por causa de utilidad pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del DFL N°. 458, de 1976, del MINVU, por encontrarse fuera de la línea oficial prevista por el Plan Regulador vigente para la calle Maruri, un retazo de 2,20 m. de ancho por 24,30 m. de largo (53,46 mts. cuadrados de superficie) de la propiedad raíz de la propiedad asignada con el N°. 711 de la calle Calvo, de dominio de la sucesión de don Manuel Vidal Matamala, integrada por sus hijos legítimos Adriela, Celia y Manuel Vidal Melo y su cónyuge sobreviviente doña Fresia Melo Sánchez, representada por esta última, rol de avalúo N°. 113-10, inscrita a nombre de dicha Sucesión a fs. 19, N°. 30 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año 1975.
    La superficie a expropiar se encuentra contenida dentro de los siguientes deslindes: Al Norte, en 24,30 mts. con calle Maruri, antes sitio N°. 18; al Sur, en 24,30 mts. con resto de la propiedad; al Oriente, en 2,20 m. con calle Calvo y al Poniente, en 2,20 mts. con calle Estación.
    III Fíjase provisionalmente el monto de la indemnización en la suma de $ 187.110.
    IV El monto de la indemnización será pagado al contado. V Publíquese en extracto, por una vez, en el Diario Oficial, en días 1° o 15, y también por una vez en el diario "El Rancagüino.
    VI Remítase copias del extracto del presente decreto a Carabineros para su entrega a los miembros de la sucesión propietaria del inmueble.
    VII Anótese al margen de las respectivas inscripciones de dominio.
    VIII Encontrándose conforme con la procedencia de la expropiación y monto de la indemnización, recábese a doña Fresia Melo Sánchez y herederos para que concurran a inscribir acta de acuerdo que redactó el Depto. Jurídico Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el art. 11 del DL 2.186, de 1978.
    IX Impútese el gasto ordenado en el prescrito decreto al subtítulo 31 Item 52 Asignación 001 del Presupuesto Municipal vigente para el año 1984.
    X La sucesión propietaria deberá proceder a la demolición del muro actual que separa el terreno de la calle Maruri y construir un muro nuevo de albañilería reforzada de 24,30 mts. de largo por 2,20 mts de alto, con pilares de hormigón a una distancia de 3,00 metros, adoptando la línea oficial de cierro.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Jorge Rosemary Chacón, Abogado, Alcalde subrogante.- Ricardo Sandoval Hernández, Abogado, Secretario Municipal Subrg.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.- Saluda atentamente a Ud.- Ricardo Sandoval Hernández, Abogado, Secretario Municipal.(S).