EXPROPIA TERRENO QUE INDICA

    Núm. 550 exento.- Rancagua, Agosto 20 de 1985.- Vistos: Lo dispuesto en el D.L. No. 1.289, 1976; los artículos 6° y siguientes del D.L. No. 2.186, de 1978; el artículo 59 del DFL. No. 458, de 1976, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y las Resoluciones Nos. 600 y 1.050, de 1977 y 1980, respectivamente, ambas de la Contraloría General de la República,

    Decreto:

    I. Exprópiase por causa de utilidad pública, por encontrarse afecta al ensanche de las calles Coronel Santiago Bueras y Abanderado José Ignacio Ibieta, una superficie de 24,58 metros cuadrados, constituida por una franja que bordea las referidas calles hasta su intersección, de propiedad de don César Mario Muñoz Cornejo, inmueble signado con los números 718 y 712 de la calle Abanderado José Ignacio Ibieta y 705 y 711 de la calle Coronel Santiago Bueras, inscrita a fojas 4.226 No. 2.880 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua correspondiente al año 1982. La superficie expropiada est  constituida por dos porciones de terreno de 12,45 m2. y 12,13 m2.

    II. Fíjase provisionalmente el monto de la indemnización en la suma de $ 35.113. Por Decreto Exento No. 654, de 13 de Diciembre de 1984, se declaró la compensación entre la obligación de indemnizar la expropiación por parte de la Municipalidad y la de pagar derechos de edificación por parte del propietario. El contribuyente expropiado aceptó el monto provisional de la indemnización y se allanó a Ia expropiación.

    Publíquese por una sola vez en extracto en el Diario Oficial y en "El Rancagüino". Remítase copia del extracto a Carabineros para su entrega al contribuyente expropiado.

    Anótese, comuníquese y archívese.