MODIFICA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS, CONCESIONES Y PERMISOS

    Rancagua, Marzo 28 de 1985.- Con esta fecha la Alcaldía decretó lo siguiente:
    No. 182 exento.- Considerando:
    1.- Los daños de consideración provocados directamente por el sismo del 03 de Marzo de 1985, a las propiedades fiscales y particulares ubicadas en la comuna.
    2.- La necesidad urgente de reparar, construir, reconstruir o demoler los inmuebles urbanos o rurales del territorio comunal de Rancagua.
    3.- Que, de conformidad con el DS No. 270, de 1985, del Ministerio del Interior, la comuna de Rancagua se declaró zona de catástrofe, y
    Vistos: Las facultades que me confiere la Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal, contenida en el DL No. 1.289, de 1976, el DFL No. 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, el No. 1 del artículo 42 del DL No. 3.063, de 1979; el DS No. 279 publicado el 06 de Marzo de 1985 del Ministerio del Interior, y las resoluciones No.s. 600 y 1.050, de 1977 y 1980, respectivamente, ambas de la Contraloría General de la República,

    Decreto:

    Modifícase el artículo 11° de la Ordenanza Local de Derechos Municipales por servicios concesiones y permisos de la I. Municipalidad de Rancagua, aprobada por el decreto exento No. 52, de 23 de Enero de 1985, en el sentido de que, desde la fecha del presente decreto y hasta el 31 de Diciembre de 1985, se exime del pago de derechos municipales las obras consistentes en alteraciones, reparaciones, reconstrucciones y/o demolición de edificios fiscales o particulares, urbanos o rurales y de muros divisorios de propiedades existentes en la comuna.

    Anótese, infórmese a la Intendencia Regional VI Región y Gobernación Provincial de Cachapoal, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Jorge Rosemary Chacón, Abogado, Alcalde de Rancagua Subrogante.- Ricardo Sandoval Hernández, Abogado, Secretario Municipal Subrogante.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.- Saluda atentamente a Ud.- Ricardo Sandoval Hernández, Abogado, Secretario Municipal.