PRORROGA POR PERIODO DE UN AÑO, LA ORDENANZA DE DERECHOS VARIOS

    Núm. 17.- Marchigüe, 28 de Enero de 1985.

    Decreto:

    1.- Prorróguese, a contar del l° de Enero de 1985, Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios promulgada por decreto N° 1 de fecha 12 de Enero de 82, publicada en el Diario Oficial N° 31.171 de fecha 26 de Enero de 1982, e introdúcense las siguientes modificaciones:

    2.- En Artículo 7° sustitúyase las siguientes expresiones:

a) En N° 7, 10% por 5% UTM
b) En N°10,40% por 20% UTM
c) En N° 12, 10% por 5% UTM
d) En N° 13, 10% por 5% UTM
e) En N° 14 Permisos de traslado para reparaciones u otro objetivo diario 20% UTM

    3.- Artículo 9° sustitúyase en el N° 2, 5% por 0,5% UTM
    4.- Artículo 15° sustitúyase:

a) En N° 2, 5% por 3% UTM
b) En N°5,50% por 2O% UTM
c) En N° 6, derechos por conexión a la Red de Alcantarillado Municipal 1 UTM, quedan exentos de este derecho los jefes de Hogar Indices 1 - 2 y 3 C.A.S.
d) Agréguese N° 7, Fotocopias por hoja 0,2% UTM
    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República y archívese.- Sergio Lira Sanfuentes, Alcalde.- Germán O. Acevedo Flores, Secretario Municipal.