MODIFICA ORDENANZAS QUE INDICA
El siguiente es el texto de la Ordenanza Municipal N° 3, del 22 de Enero de 1985:
1°.- Introdúcese modificaciones a las Ordenanzas Nros, 12, de 03.06.80; 21 de 12.01.81; 21 de 31.12.82; 8 de 05.08.83 y 1 de 10.01.84, como sigue:
I.- Elimínanse los siguientes derechos:
a) Ordenanza N° 12, de 03.06.80
Artículo 3°, letras:
B.- Permiso para practicar la conducción de automóviles mensual.
C.- Dación de duplicado de placa patente de vehículos.
D.- Cambio de padrón por transferencia de vehículos.
E.- Duplicado de padrón.
b) Ordenanza N° 21, de 12.01.81 Artículo 3°, letras:
G.- Transformaciones.
H.- Revisión y control de taxímetros, incluye sellos y control de licencias.
K.- Solicitud de inscripción para el Registro de Conductores.
P.- Triangulo de control de taxímetro para efectos del cambio de tarifa segundo semestre.
c) Ordenanza N° 21, de 31.12.82 Punto 3°, letra:
D.- Permiso especial para traslado según Art. 63 de la Ordenanza General del Transito.
d) Ordenanza N° 12, de 03.06.80, ampliada por la N° 21, de 12.01.81
P.- Derecho a piso a ferias rotativas, ampliación Feria Modelo.
Q.- Terminal Agropecuario, derecho de entrada diario.
II.- Modifícase los siguientes puntos de la Ordenanza que se señalan:
a) Ordenanza N° 12, de 03.06.80, ampliada por la N° 21, de 12.01.81 Artículo 2°, letras:
C.- Instalaciones o construcciones varias en bienes nacionales de uso público para ventas varias, anual a 2 UTM Sector Central y 1,5 UTM, Sector Urbano.
O.- Derechos por funcionamiento de circos, diario 0,07 a 0,10 UTM
b) Ordenanza N° 1, de 10.01.84. Párrafo III, letra e) Venta arboles y arbustos.
- Arbol 0,04 UTM
- Arbusto 0,02 UTM
c) Ordenanza N° 8, de 05.08.83.
Artículo 1°:
a) Bovinos 0,5 UTM
b) Porcinos (50 Kg.) 0,9 UTM
(50 Kg.) 0,16 UTM
c) Equinos 0,07 UTM
d) Ovinos 0,07 UTM
e) Caprinos 0,07 UTM
III.- Incorpóranse los siguientes derechos a contar de 1985:
A.- A SER GIRADOS POR EL DEPARTAMENTO DE TRANSITO Y TRANSPORTE PUBLICOS:
1.- Control de taxímetro segundo
semestre y control cambio de tarifa,
incluye certificado 0,10 UTM
2.- Duplicado de permiso de
circulación (comprobante) 0,15 UTM
3.- Solicitud de permiso de
circulación por transferencia 0,15 UTM
4.- Solicitud de permiso de
circulación por cambio de color 0,15 UTM
5.- Examen practico de conducción
que no sea para otorgamiento de
licencia 0,10 UTM
6.- Examen de conocimientos
teóricos de reglamentación y
legislación de transito que no
sea para el otorgamiento de
licencia 0,10 UTM
B.- A SER GIRADOS POR EL DEPARTAMENTO DE INSPECCION MUNICIPAL:
1.- Proyección de películas en
lugares no habituales para este
efecto 0,3 UTM
2.- Entrega de certificado por
verificación de domicilio
particular o comercial 0,05 UTM
C.- A SER GIRADOS POR EL DEPARTAMENTO DE FINANZAS:
1.- Derecho a Piso de Ferias
Rotativas, anual 1,50 UTM
2°.- En todo lo que no aparezca modificado por la presente Ordenanza, subsisten los derechos contemplados en las Ordenanzas Municipales señaladas precedentemente.
3°.- Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 del DL 3.063
4°.- Remítase copia de la presente Ordenanza al Sr. Intendente Regional, para su conocimiento.-
El Alcalde.