MODIFICA Y COMPLEMENTA DECRETO ALCALDICIO N° 109, DE 1985
Núm. 165.- Talca, 29 de Enero de 1986.- Vistos: El Decreto Alcaldicio N° 109 de fecha 29 de Enero de 1985, publicado en el Diario Oficial el 31.01.85, lo dispuesto en el Art. 43 del D.L. N° 3.063, de 1979, y conforme a las facultades que me conceden los Arts. 12° y 13° del DL 1.289, de 1976,
Decreto:
Modifícase y compleméntase el Decreto Alcaldicio N° 109 de fecha 29 de Enero de 1985, que contiene la Ordenanza Local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios en la siguiente forma:
- Agrégase a continuación del N° 4 del
Art: 6° lo siguiente:
5.- Permisos de carga y descarga 5 UTM
- Sustitúyese el N° 6 del Art. 8° por el
siguiente:
Cambio de domicilio en Licencia 0,10 UTM
- Agrégase a continuación del N° 21 del
Art. 8° lo siguiente:
22.- Licencias de conductor con una o varias
de las siguientes clases autorizadas:
A - 1, A - 2, B - C y D, otorgadas por
primera vez conforme a la ley 18.290 0,5 UTM
23.- Control anual para licencia de
conductor clase A - 1 y
conductores mayores de 65 años 0,25 UTM
24.- Control cada 6 años para licencias
de conductores clases A - 2, B, C y D 0,5 UTM
25.- Licencias de conductor clase E y
control cada 6 años para licencia
clase E 0, 25 UTM
- Sustitúyese el N° 3 del Art. 12° por
el siguiente:
Centro Regional de Abastecimiento: Quincenal
Puestos de venta detalle 2 x 3,50 mts. $ 400.-
Puestos de venta al detalle 3 x 3.50 mts. $ 1.110.-
losa frente a línea de FF.CC.
Puestos de venta al detalle 3 x 3,50 mts.
losa costado 11 Oriente $ 1.600.-
Puestos de mariscos y aves $ 710.-
Puestos de camiones costado P.F. $ 1.600.-
Puestos de camionetas costado FF.CC. $ 1.110.-
Feria Persa: Quincenal
Paquetería, fierreros, ropa usada,
cafeterías $ 400.-
Mercado Oriente: Diario
Puestos interiores $ 60.-
Carretelas ubicadas al exterior, calle
15 Ote. 5 y 6 Sur $ 100.-
Camionetas calle 15 Oriente 5 y 6 Sur $ 180.-
Camiones calle 15 Oriente 5 y 7 Sur $ 250.-
Feria Mayorista de temporada exterior CREA de Enero a Marzo: Diario
Camiones de la zona 400.-
Camionetas hasta 500 kgs 200.-
Camionetas sobre 500 kgs 300.-
Colosos tracción animal o motorizados 300.-
Carretelas 200. -
Mercado Central Interior: Diario
Puestos pilastra norte $ 80.-
Puestos pilastra bandeja central $ 100.-
Puestos pilastra bandeja exterior corredores $ 80.-
Puestos cocinería $ 80.-
Puestos portón 1 Sur $ 70.-
Puestos portón 4 Oriente $ 50.-
Puestos portón 5 Oriente $ 50.-
Puestos zapatería y paquetería $ 60.-
Puestos productos del mar $ 80.-
Restaurant $ 250.-
Marisquería $ 160.-
Cafetería $ 100.-
Puestos carnicería de $ 130 a 180.-
Locales interiores varios de $ 60 a 80.-
Locales alfarería $ 50.-
Puestos pérgola $ 40.-
Lustrines $ 30.-
- Agrégase a continuación del N° 2 del Art. 19° lo
siguiente:
3.- promotores comerciales 0,20 UTM
4.- ventas ocasionales 0,15 UTM
Suspéndase por el año 1986, la aplicación del reajuste anual, contemplado en el Art. 24° de la Ordenanza que en este acto se modifica, respecto de los derechos consignados en el N° 5 del Art. 12°.
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial del mes de Enero de 1986 e infórmese a la Intendencia Regional.- Germán Verdugo Soto, Alcalde (S).- Jaime Gelmi Silva, Secretario Municipal (S).