MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
    Núm. 2.- Providencia, 14 de Enero de 1986.- Vistos: El Art. 43 y demás pertinentes del Decreto Ley N° 3063 de 1979, sobre Rentas Municipales; y, teniendo presente las facultades que me otorgan los Arts. 12 y 13 del Decreto Ley N° 1289 de 1976, Orgánica de Municipios y Administración Comunal.

    Considerando:

    1.- Que por Ordenanza Local N° 11 de 23 de Diciembre de 1985, se fijaron los derechos municipales que se deberán pagar durante el año 1986.
    2.- Que es necesario modificar los Artículos 3°, 21 y 24 de la Ordenanza señalada; se dicta la siguiente
    Ordenanza:

    Modifícase la Ordenanza N° 11 de 23 de Diciembre de 1985 "Ordenanza Local sobre Derechos Municipales", en el siguiente sentido:

    1.1.- Sustitúyese el Artículo 3 por lo siguiente:

    Artículo 3: Todo pago de derechos por sumas inferiores a 0,10 de una Unidad Tributaria Mensual, podrá pagarse mediante estampillas municipales adquiridas en la Tesorería Municipal de Providencia, caso en el cual no requerirá de giro ni liquidación alguna.
    Las estampillas deberán adherirse al documento que d  cuenta del hecho gravado y ser inutilizadas por el funcionario municipal que lo autorice.

    1.2.- Sustitúyese el número 1.2. del Artículo 21, por lo siguiente:


1.2.- Modificación de deslindes            0,5 del avalúo
                                            fiscal de la
                                      superficie cedida.
1.4.- Reemplázase el cuadro contenido en el inciso segundo del Artículo 24 por lo siguiente:
      Menos de 100 m2.          0,3 Cuotas de Ahorro
    101 m2. a 200 m2.          0,2 Cuotas de Ahorro
    201 m2. a 300 m2.          0,1 Cuotas de Ahorro
    301 m2. y más              0,03 Cuotas de Ahorro

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese y archívese.- Carmen Grez de Anrique, Alcaldesa y Priscilla Doerr Pairoa, Secretario Abogado Municipal Suplente.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Priscilla Doerr Pairoa, Secretario Abogado Municipal Suplente.