PRORROGA VIGENCIA DE LOS DECRETOS ALCALDICIOS N°s. 119, DE 1981; 78, DE 1983, Y 100 DE 1984

    Núm. 12.- Casablanca, Enero 15 de 1985.- Vistos:
    1.- Que por D.A. N° ll9, de 23 de Diciembre de 1981, se fijó la "Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios", modificada por D.A. N° 78 de 12 de Julio de 1983 y D.A. N° 100, de 22 de Noviembre de 1984.
    2.- Lo dispuesto en el título VIII del DL. 3.063, decretos alcaldicios N° 102, de 1982; 78 de 1983; 12 y 100 de 1984 y facultades que en mi calidad de Alcalde me confieren los artículos 6°, 12 y 13 del DL. 1.289 de 1975.

    Decreto:

    I.- Prorrógase a contar del 1º de Enero y hasta el 30 de Junio de 1985 la vigencia de los D.A. 119, de 1981; 78, de 1983; y 100 de 1984 relativos a la Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios.
    II.- Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Rodrigo Martínez Pérez-Canto, Alcalde de Casablanca.- Carlos A. Foweraker Torres, Secretario Municipal Subgte.