PRORROGA VIGENCIA DE ORDENANZAS SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
    Núm. 4 exento.- Lumaco, 15 de Enero de 1986.- Vistos: Estos antecedentes, las facultades que me confieren los artículos 12° y 13° del Decreto Ley N° 1.289 de 1976, Orgánica de Municipios y Administración Comunal y teniendo presente las disposiciones del artículo 43 y demás pertinentes del Decreto Ley N° 3.063 sobre Rentas Municipales,

    Decreto:

    1.- Prorrógase por todo el año 1986, la vigencia de Ordenanzas N° 01 / 85 de 05 de Agosto de 1985 y Ordenanza N° 02/85 de 03 de Octubre de 1985, publicadas en el Diario Oficial del día 05 de Agosto y 17 de Octubre de 1985, respectivamente.

    Anótese, infórmese a Sr. intendente IX Región de La Araucanía, a Sr. Gobernador Provincial de Malleco, publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile y transcríbase a todas las reparticiones Municipales para su aplicación y archívese.- Orosman Sepúlveda Vivanco, Alcalde (S).- Hugo Alejandro Parra Vira, secretario (S).
    Lo que me permito transcribir a US. (Ud) para su conocimiento y fines consiguientes.- Saluda atentamente a US. (Ud).- Hugo Alejandro Parra Vira, secretario (S)