MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
Núm. 5.- Rengo, 14.01.86.- Considerando: lo informado por el Depto. de Finanzas y Rentas, Departamento de Obras y Depto. de Tránsito;
Vistos: lo dispuesto en el art. N° 43 del DL N° 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos del 6° al 13° del DL N° 1.289/75, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal.
Decreto:
Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios aprobada por Dcto. Adm. N° 0008 de 1982, actualizado y vigente a partir del 01.01.83 por Dto. Adm. N° 00012183 y modificada por Dto. Adms. N°s. 00018/83, 00015184 y 0050184; en los artículos que a continuación se indican:
Artículo 1°.- En el rubro "Derechos que deber n ser girados por el Depto. de Finanzas y Rentas Municipales", modifíquense los siguientes números:
1.- Comerciantes ambulantes (un día) 3% UTM.
4.- Reparto de Leche, Pan, Cigarrillos;
Vinos y otros, hasta seis meses. 50% UTM
9.- Permisos funcionamiento Ferias
Libres (un día) 3% UTM.
Artículo 2°.- En el rubro "Derechos que deberán ser girados por el Depto. de Finanzas y Rentas Municipales", agréguese en el número 14 lo siguiente:
c) arriendos de nichos:
- 1° corrida: 1 UTM
- 2° y 3° corrida 2 UTM
- 4° corrida: 1 UTM
- 5° corrida: 50% UTM.
d) Indigentes, solo a 5° corrida de nichos: sin cargo
e) La Administración del Cementerio Municipal será regulada por el "Reglamento" que se dicte para dichos efectos.
Artículo 3°.- En el rubro "Derechos que deber n ser girados por el Depto. de Tránsito y Transporte Público, "agréguense los siguientes números.
22.- Autorización para conducir
vehículos clase C y E en
licencia clase A1, A2 y B 10% UTM
23.- Permiso estacionamiento
reservado en Bienes Nacionales
de uso público (por vehículo
anual). 2 UTM
24.- Permiso estacionamiento
reservado en andenes terminales
de Locomoción Colectiva (por
andén anual) 1 UTM
Artículo 4°.- En el rubro "Derechos que deberán ser girados por el Depto. de Obras Municipales", elimínense los puntos desde el N° 1 hasta el N° 30.
Artículo 5°.- En el rubro "Derechos que deberán ser girados por el Depto. de Obras Municipales", incorpórese los números siguientes:
1.- Subdivisiones y Loteos 2% avalúo Fiscal
del Terreno
2.- Obras nuevas y ampliaciones. 1,5% del presupuesto
3.- Alteraciones, Reparaciones,
Obras Menores y Provisorias. 1% del presupuesto.
4.- Planos Tipo autorizados por
el Minvu 1% del presupuesto
5.- Reconstrucciones 1% del presupuesto
6.- Modificaciones de Proyectos 0,75% del presupuesto
7.- Demoliciones. 0,5% del presupuesto
8.- Aprobación de Planos para
venta por piso. $ 150.
9.- Certificados de número,
líneas, recepción, venta
por piso, etc. $ 150
10.- Mantención de escombros
y/o materiales de
construcción en la vía
pública por m2 diario 1% UTM
11.- Andamios y cierros para
construcción por m2 de
ocupación de la Vía
pública (mensual). 1% UTM
12.- Inscripción de
Contratistas para propuestas
o trabajos solicitados por
el Municipio $ 1.000.-
13.- Copia de Planos,
expedientes de Construccidn,
subdivisión, etc. $ 1.000.-
14.- Copia tamaño oficio de
documentos varios autorizados. $ 150
15.- Extracción de Aridos u otros
materiales de terrenos
considerados Bienes Nacionales
de uso público, o desde pozos
lastretos particulares
colindantes a la Caja del
Río Claro, Estero Tipaume,
Canal Malambo o sus afluentes,
por m3 extraído. 0,5% UTM
16.- Copia de Plano Regulador. 30% UTM
17.- Derecho por ocupación
temporal de paseos, plazas,
calles y demás lugares de
uso público por m2. mensual
o fracción. 10% UTM
18.- Exhibición de Mercaderías
ocupando veredas o bandejones
bienes nacionales, frente a
locales comerciales, por m2
o fracción ocupado (semestral) 10% UTM
19.- Vitrinas o vidrieras
salientes a la línea oficial
de Edificación, destinadas a
propaganda o exhibición,
sin perjuicio de los derechos
que correspondan a propaganda
semestral. 10% UTM
20.- Mesas y otros para atención
de público anexo a
establecimientos comerciales,
tales como fuente de soda,
salones de Té, restaurantes
y similares, anual por m2
o fracción 10% UTM
21.- Contrucción de Stands
instalados con ocasión de
festividades especiales, por
m2 o fracción. 10% UTM
22.- Retiro de Escombros mediante
vehículos municipales sin
considerar carguío, por m3 10% UTM
23.- Retiro de Ramas hojas y
otros, provenientes de
Jardines por m3 10% UTM
24.- Servicios especiales de
recolección de basura y/o
desechos varios 1 UTM
por camionada o fracción. 1 UTM
25.- Derechos no contemplados. 10% UTM
Publíquese en el Diario Oficial de la República, Transcríbase a las reparticiones Municipales y Archívese.- Mario Sánchez Urzúa, Alcalde (S).- Manuel Ramírez Rojas, Sec. Municipal (S).