MODIFICA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS, CONCESIONES Y PERMISOS

    Rancagua, Enero 22 de 1986.- Con esta fecha la Alcaldía decretó lo siguiente:

    Núm. 60 exento.- Considerando:

    1.- Que, por Decreto Exento N° 890, de fecha 17 de Diciembre de 1985, se aprobó la Ordenanza Local de Derechos Municipales por Servicios, Concesiones y Permisos, que regir  el presente año.
    2.- Que, por Ord. N° 77, de fecha 09 de Enero último, la División Social Comunal señala que, ha recibido reclamos de las Juntas de Vecinos N°s 1 y 4 rurales, debido a que a partir del 01 de Enero de 1986, se les estaría cobrando el aporte por el suministro de agua potable por un valor de $ 50,00 por tambor de 200 litros. Debido a que las familias atendidas en los sectores son de escasos recursos, se hace necesario realizar un nuevo estudio de este aporte y en lo posible, mantenerlo igual al cobrado en 1985, que era de $ 10,00 el tambor de 200 litros.
    3.- Que, por Ord. N° 35, de fecha 16 de Enero de 1986, el Departamento de Subsistencias y Patentes señala que de acuerdo a lo expuesto se hace necesario modificar la Ordenanza Local de Derechos Municipales por Servicios, Concesiones y Permisos.
    4.- Que, por Pase Interno N° 45, de fecha 17 de Enero de 1986, la División de Operaciones solicitó modificar el Decreto Exento N° 890, de fecha 17 de Diciembre de 1985, y Vistos: Las facultades que me confiere la Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal, contenida en el Decreto Ley N° 1.289, de 1976; el Decreto Ley N° 3.063, de 1979, y las Resoluciones N°s. 600 y 1.050, de 1977 y 1980, respectivamente, ambas de la Contraloría General de la República.

    Decreto:

    Modifícase el Artículo 12 N° 6 de la Ordenanza Local de Derechos Municipales por Servicios, Concesiones y Permisos de la Municipalidad de Rancagua aprobado por el Decreto Exento N° 890, de 17 de Diciembre de 1985, en el sentido de que el suministro de agua potable para los sectores rurales de la comuna (constituye sólo un aporte) es de $ 10,00 por tambor de 200 litros c/u.
    Anótese, infórmese a la Intendencia Regional VI Región, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Francisco Balart Páez, Alcalde de Rancagua.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal Subrogante.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.- Saluda atentamente a Ud.- Secretaría Municipal.