MODIFICA DECRETO Nº 873 EXENTO, DE 1999


    Núm. 1.808 exento.- Rancagua, 2 de diciembre de 1999.

    I. Modifícase el decreto exento Nº 873, de fecha 14 de junio de 1999, que contiene la ''Ordenanza Municipal sobre Publicidad y/o Propaganda de la comuna de Rancagua'', en la forma como se indica a continuación:
    1.- Del artículo 5º, en el último párrafo define el sector periférico, se requiere modificarlo por ''sector periférico'', entendido toda el área fuera del Sector Céntrico.
    2.- Agrégase al final del artículo 5º, los siguientes incisos:
    En aquellos casos en los cuales las avenidas o calles correspondientes al Sector Preferencial, se encuentren emplazadas en el Sector Céntrico, predominará para los efectos de esta Ordenanza el concepto de Sector Céntrico y sólo para el cobro de Derechos de Publicidad y/o Propaganda, el concepto de Sector Preferencial. En aquellos casos en los cuales las avenidas o calles correspondientes al Sector Preferencial, se encuentren emplazadas en el Sector Periférico, predominará para los efectos de esta Ordenanza el concepto de Sector Periférico y sólo para el cobro de Derechos de Publicidad y/o Propaganda, el concepto de Sector Céntrico.
    3.- Modifícase letra a) del artículo 30º, donde dice ''En la zona céntrica y preferencial'', debe decir ''En el sector céntrico''.
    Modifícase letra n) del artículo 30º y en el artículo 24º, donde dice ''Zona'', debe decir ''Sector''.
    4.- Agregar en el artículo 38º después de la palabra telones, la palabra lienzos.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Darío Valenzuela Van Treek, Alcalde.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.