POSTERGA PERMISOS DE SUBDIVISION, LOTEO O URBANIZACION PREDIAL Y DE CONSTRUCCIONES, EN PERIODO Y SECTOR QUE INDICA

    Quilicura, 23 de noviembre de 1999.- La Alcaldía decretó hoy lo que sigue:

    Núm. 1.749 exento.- Vistos estos antecedentes: Las necesidades del sector Santa Luisa, Rigoberto Jara y Lo Ovalle de la comuna de Quilicura, la carencia de instrumentos de planificación en el sector que se señala más adelante; el rol que le compete al municipio en la planificación comunal, los estudios complementarios del Plan Regulador Comunal de Capacidad Vial y el Plan Seccional en Desarrollo; lo establecido en el artículo Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el Oficio Alcaldicio Nº 771 de fecha 8 de noviembre de 1999 en el que se solicita la aplicación del artículo Nº 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones para el área que se define; el Ordinario Nº 5702 Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda de fecha 16 de noviembre de 1999, que informa favorablemente la aplicación del artículo Nº 117 solicitado por el municipio por documento señalado precedentemente; las facultades y atribuciones que me otorgan la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, Texto Refundido y sus modificaciones posteriores.

    D e c r e t o:

    Postérganse por un plazo de tres meses los permisos
de subdivisión, loteo o urbanización predial y de
construcciones para el sector definido por A-B-C-D-A
graficado sobre plano base Ciren-Corfo 1:20.000, cuyos
vértices son los siguientes:


A.  Punto distante a 1.000 metros desde el eje de la calle Lo Marcoleta hacia el Norte, por el deslinde de los predios 117-25, 117-278, 117-28.
B.  Punto situado en el eje de la calle San Martín, medidos a 900mts. al norte de la intersección de los ejes de las calles San Martín y Lo Marcoleta.
C.  Punto situado en la intersección formada por los ejes de la calle San Martín y Lo Marcoleta.
D.  Punto situado en la intersección formada por los ejes de la calle Lo Marcoleta con la proyección hacia el Sur de la línea definida por el deslinde de los predios 117-278 y 117-25.

    Señálase que el plazo rige a contar de la fecha de la presente resolución, la cual será publicada en un diario de circulación nacional.

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Carmen Romo Sepúlveda, Alcaldesa.- Eduardo Budini Gatica, Secretario Municipal.