Ley núm. 4,529

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    PROYECTO DE LEY:

    Artículo único.-  Concédese al Obispado de Antofagasta, a contar desde el 1.o de Enero de 1929, y por el plazo de 18 años, el uso y goce gratuito del terreno fiscal ubicado en la primera subdelegación del departamento de Antofagasta, que tiene una cabida de 1,575 metros cuadrados y que fue arrendado por el Fisco a la Vicaría Apostólica de Antofagasta, para que lo destináse al "Asilo de Ancianos" por decreto del Ministerio de Hacienda número 2,219, de fecha 26 de Noviembre de 1926.
    Esta concesión se entiende únicamente con el objeto de que el Obispado de Antofagasta destine el referido terreno a la mantención del actual "Asilo de Ancianos" y caducará en caso de que fuere dedicado a otros fines.

    Y por cuanto, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
    Santiago, a once de Enero de mil novecientos veintinueve.-  Carlos Ibáñez C.-  Pablo Ramírez.