EXTRACTO DE DECRETO DE EXPROPIACION

    Rancagua, 21 de Septiembre de 1987.- Con esta fecha la Alcaldía decretó lo siguiente:
    Núm. 855 exento.

    I. Exprópiase por causa de utilidad pública, de conformidad con lo dispuesto en el Art. No. 59 y Art. 128 del DFL No. 458, de 1978, del MINVU, un retazo de una superficie total de 19,95 metros cuadrados, de la propiedad raíz ubicada en calle Independencia No. 782 Rancagua, de dominio de la Sucesión Hereditaria Peña Pérez, Rol de Avalúo No. 68-22, inscrito a fojas 374 No. 462 del Registro de Propiedad de 1946 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.
    La superficie a expropiar tiene los siguientes deslindes: Norte, en 11,40 metros con calle Independencia; Sur, en 11,40 metros con Sucesión de Pedro Peña Pérez, Oriente, en 1,75 m. con don Fidel Agosto, y Poniente, en 1,75 metros con propiedad de Sucesión de Pedro Peña Pérez.
    II. Fíjase provisionalmente el monto de la indemnización en la suma de $ 167.627, e impútese al Item de "Normalización de Edificios y Terrenos a Expropiar" acápite "Compensaciones de Derechos", vigente para el año 1987.
    III. Compénsase el valor de los derechos de erificación ascendentes a $ 167.627 con el valor de la indemnización por expropiación, ascendentes a $ 167.627.
    IV. Encontrándose conforme con la procedencia de la expropiación y monto de la indemnización, recábese a la Sucesión de don Pedro Peña Pérez para que sus herederos concurran a suscribir acta de acuerdo que redactará la Asesoría Jurídica Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 11 del DL No. 2.186, de 1978.
    V. Publíquese en extracto, por una vez, en el Diario Oficial en días 01 o 15, y también por una vez en el Diario El Rancagüino.
    VI. Remítanse copias del extracto del presente Decreto a Carabineros para su entrega a la Sucesión Hereditaria de don Pedro Peña Pérez.
    VII. Anótese al margen de la respectiva inscripción de dominio.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Ricardo Sandoval Hernández, Secretario Municipal.