MODIFICA ORDENANZAS Nº 195 Y Nº 306 SOBRE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS PARA EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS QUE INDICA

    Iquique, 27 de septiembre de 1999.- El Sr. Alcalde, con esta misma fecha, ha dictado la siguiente ordenanza:
      Núm. 309.- Vistos:
Certificado Nº 285/99, de fecha 20 de septiembre de 1999, de Secretario Municipal y Secretario del Concejo Municipal dando cuenta del acuerdo Nº 301/99. Artículo 58 letra ñ) de la ley Nº 19.602, que modifica Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Y, en ejercicio de las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, de 1988, modificada por las leyes Nºs. 19.130 y 19.150, de 1992 y la ley Nº 19.602, de 1999.

    Considerando: Que, debe existir una mejor distribución horaria de los establecimientos con expendio de bebidas alcohólicas cuyo funcionamiento es nocturno,

    O r d e n o:




    1.- Modifíquese la Ordenanza Municipal Nº 195, de fecha 19 de octubre de 1990, y la Nº 306, complementaria de la anterior, en los siguientes términos:

Agréguese la siguiente letra c) al artículo 36:

''El horario de funcionamiento de los establecimientos para expendio de bebidas alcohólicas, clasificadas en la letra ''D'' -Cabarets-, del artículo 140 de la ley Nº 17.175 será de lunes a domingo, desde las 20:00 horas hasta las 5:00 horas del día siguiente, y siempre que cumplan, previamente con la normativa acústica vigente, hecho que será fiscalizado por la Oficina del Medio Ambiente Municipal''.

Agréguese el siguiente artículo transitorio:

Art. único ''Los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, de la clasificación ''D'' -Cabarets-, que no cumplan con la normativa acústica señalada en el art. 36 letra c de la Ordenanza Municipal Nº 309, modificatoria de la Ordenanza Municipal Nº 195, deberán someterse a lo dispuesto en la normativa acústica y de ruidos molestos dentro de los 90 días siguientes a la dictación y entrada en vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 309/99, ya señalada, y se les autorizará dentro de este plazo mantener su funcionamiento en el horario indicado en la letra b del artículo 36 de la Ordenanza Municipal Nº 306, también modificatoria de la O.M. Nº 195.

NOTA:
      El número 1 de la ORZ 310, de la Municipalidad de Iquique, publicada el 29.12.1999, modificó el presente decreto en el sentido que en ella se señala.
NOTA 1:
      El número 1 de la ORZ 317, de la Municipalidad de Iquique, publicada el 11.10.2000, modificó el presente decreto en el sentido que en ella se señala.
    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Jorge Soria Quiroga, Alcalde.- María Angélica Vega Pinto, Secretario Municipal.