MUNICIPALIDAD DE ARICA MODIFICA DECRETO No. 819, DE 1986
    Núm. 350.- Arica, 15 de Mayo de 1987.- Vistos: Estos antecedentes; la Ordenanza de Derechos Municipales No. 7, sancionada por Decreto Alcaldicio No. 819, de fecha 31 de Diciembre de 1986; Providencias de Alcaldía No. 373-S y 408-S; solicitudes de los Sindicatos: Trabajadores Independientes Suplementeros de Arica y de Comerciantes Ambulantes; Ord. S/N° de la Secretaría Provincial de los Gremios de Arica - Parinacota; el Art.
42° y 43° del Decreto Ley No. 3.063; y, en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto Ley No. 1.289 del 14 de Enero de 1978; "Ley 0rgánica de Municipios y Administración Comunal",

    Decreto:

    Modifícase el Decreto Alcaldicio No. 819/86, indicado en los vistos, como a continuación se indica:

I.- Modifícase el Art. 2° del Título I lo siguiente:

5.- Derechos por Ocupación de Bien Nacional de Uso Público

- Sector Céntrico  : 1 UTM. x M2 Semestral
- Sector Poblacional: 0,50 UTM x M2 Semestral
                    (Todo el sector del radio urbano).
- Sector Rural      : 0,15 UTM x M2 Trimestral
                    (Fuera del radio urbano)
- Kioscos Suplementeros: 0,25 UTM Trimestral

II.- Incorpórase en el Art. 3° del Título II, el No. 9, que debe señalar

9.- Otorgamiento de sello Permiso de Circulación para vehículos establecido en el Art. 20° DL 3.083: 0,10 UTM

III.- Modifíquese los Art. 6°, 7° y 8° del Título III, lo siguiente: Art. 6° Comercio Ambulante Sector Céntrico

1 .- Ambulante a Pie: 0,25 UTM. mensual
2.- Ambulante en triciclo o carro de mano: 0,25 UTM. mensual

Art. 7° Comercio Ambulante Sector Poblacional
1.- Ambulante a Pie: 0,20 UTM. mensual
2.- Ambulante en triciclo o carro de mano: 0,20 UTM. mensual 5.- Ingreso Piscina clases de Natación por persona: $ 20.-

6.- Arriendo a Asociación, mensual (reajustable semestralmente): $ 3.000.-

Art. 6° Arriendo de Kioskos o Casinos en Establecimientos Educacionales. Arriendo establecido según Convenio.

    La Direcciones de Finanzas, Obras Municipales, Contraloría Municipal y el Servicio Municipal de Educación, tendrán presente este Decreto más las modificaciones introducidas al Decreto Alcaldicio No. 819/88, que conforma la 0rdenanza Local No. 7 de Derechos Municipales, para todos los aspectos legales correspondientes.

    Anótese, infórmese a Intendencia Regional, publíquese en el Diario Oficial de la República, comuníquese y archívese.- Leonel Vega Andrade, Alcalde de Arica.- Hans Schmauck Alarcón, Secretario Municipal subrogante.