MODIFICA DECRETO ALCALDICIO No. 447, DE 1986

    Melipilla, 30 de Junio de 1987.- La Alcaldía decretó hoy lo siguiente:
    Núm. 174 exento.- Vistos: El artículo 43° y demás pertinentes del D.L. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, el Decreto Alcaldicio No. 278 del 26.08.86 en su punto No. 2, el Decreto Alcaldicio No. 447 del 31.12.86, sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos o Servicios, y, teniendo presente las facultades conferidas por el D.L. No. 1.289 de 1976, Orgánico de Municipios y Administración Comunal, se dicta el siguiente,
    Decreto:

    1.- Modifícase a contar de esta fecha, el artículo 3°, letra i) del Decreto Alcaldicio No. 447 de fecha 31.12.86, en el sentido de que los Derechos Municipales que deben pagar los feriantes que expenden productos en la Feria Libre, serán los siguientes, por cada Feria:

a) Productores y Afiliados a la Asociación de Feriantes:
  - Feria de los días Martes              $ 100
  - Feria de los días Miércoles            $ 100
  - Feria de los días Sábados              $ 200

b) Paqueteros no Afiliados a la Asociación de Feriantes:

    - Por cada día de Feria $ 500

    2.- La recaudación de los derechos señalados en el No. 1, la harán los Inspectores Municipales que controlen el funcionamiento de la Feria Libre.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en el periódico local "El Labrador", comuníquese a la Intendencia Región Metropolitana y Archívese.- Andrés Vicuña Videla, Alcalde, Municipalidad de Melipilla.- Hernán Gutiérrez Castillo, Secretario Municipal.