MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES
    Peñalolén, 24 de Febrero de 1987.- Hoy se decretó lo siguiente:
    Núm. 1.800/129.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 43 y demás pertinentes del Decreto Ley No.
3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales; las facultades que se consignan en los artículos 12 y 13 del Decreto Ley No. 1.289 de 1976, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal; el Decreto Supremo No. 875 de 31 de agosto de 1984 del Ministerio del Interior, que designa Alcaldesa para la I. Municipalidad de Peñalolén;
    Considerando: Las necesidades de uniformar criterios con otros Municipios en lo que a cobro de derecho se refiere;

    Decreto:

    1°.- Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos
Municipales, contenida en el Decreto Alcaldicio No. 63
de 26 de enero de 1987; sustituyéndose el No. 1 del
artículo 12° por el siguiente:


1.-  0,025 UTM diaria los primeros 30 días.
      0,050 UTM diaria de 31 a 60 días.
      0,075 UTM diaria de 61 a 90 días.
      0,100 UTM diaria sobre 91 días.

    Anótese, comuníquese y transcríbase el presente decreto a todos los Departamentos y Direcciones Municipales, al Juzgado de Policía Local que corresponda, y a la Intendencia de la Región Metropolitana; publíquese en el Diario Oficial, cúmplase y, hecho, archívese.- María Angélica Cristi Marfil, Alcaldesa.- Carlos Ramos Meléndez, Secretario Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines que haya lugar.- Carlos Ramos Meléndez, Secretario Municipal.