MODIFICA ORDENANZA QUE FIJA HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

    Peñalolén, 10 de agosto de 1999.- Hoy se ha decretado lo siguiente:
    Núm. 20.- Vistos: La ordenanza Nº 18, de fecha 01.07.99., denominada ''Ordenanza que fija horario de funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas''; la petición formulada por diversos representantes de establecimientos de depósito de bebidas alcohólicas de la comuna, a través de carta de fecha 28.07.99.; el memorándum Nº 789, de fecha 29.07.99., de la Dirección de Administración y Finanzas; el acuerdo del H. Concejo Municipal adoptado en Sesión Extraordinaria Nº 113/99 de fecha 02.08.99., que aprobó la modificación a la ordenanza citada precedentemente, en el sentido de prorrogar la fecha de su entrada en vigencia; la instrucción Nº 126 de fecha 03.08.99., de Secretaría Municipal; lo dispuesto por esta Alcaldía, y
    Teniendo Presente: Las facultades que me confiere la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

    1.- Reemplácese el artículo quinto de la ''ordenanza que fija horario de funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas'', por el siguiente:

''Artículo Quinto: La presente ordenanza regirá desde el día 2 de enero del año 2000''.

    2.- Publíquese la presente modificación de ordenanza en el Diario Oficial.

    3.- En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente la ordenanza Nº 18, de fecha 01.07.99.
    Anótese, comuníquese y transcríbase la presente ordenanza a todas las direcciones y unidades municipales, al Juzgado de Policía Local de Peñalolén, publíquese, cúmplase y hecho, archívese.- Carlos Alarcón Castro, Alcalde.- Luz Marina Román Duk, Secretario Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines pertinentes.- Luz Marina Román Duk, Secretario Municipal.