PRORROGA ORDENANZA LOCAL No. 1, DE 1986


    Marchigüe, 26 de Enero de 1987. Número 019. Vistos: Las facultades que me confieren los Artículos 12 y 13 del Decreto Ley, No. 1.289 de 1975, Orgánica de los Municipios y de Administración Comunal, y teniendo presente lo dispuesto en el Artículo No. 43 del Decreto Ley No. 3.063 sobre Rentas Municipales,

    Decreto
    1. Prorróguese por todo el año 1987, la vigencia de
la Ordenanza Local No. 1 de fecha 10.01.86; publicada en
el Diario Oficial No. 32.378 del 22.01.86.
    2. Modifíquese la Ordenanza Municipal mencionada en
el punto anterior, en la forma que a continuación se
detalla, modificaciones que tendrían vigencia a partir
de la publicación en el Diario Oficial.
Artículo No. 06:

- Se modifica el No. 4, el valor de 10% por 5% UTM - Se modifica el No. 7, el valor de 20% por 5% UTM
    Se agrega el siguiente punto.

  11. Duplicado de Licencia para conducir vehículos tracción animal 3% UTM
    Artículo No. 07:
    Se modifica el No. 4, el valor de 70% por 1,2 UTM Se agrega el siguiente punto.

    5. Vendedores ambulantes en fiesta tradicional de la Comuna. 5% UTM

    Artículo No. 08:
    Se modifica el No. 2, la siguiente expresión. Funcionamiento de circo diario 3% UTM
    Se modifica los valores de 0,025% por 0,1% de la UTM

    Artículo No. 10:
    Se modifican los valores de los siguientes puntos:

No. 1 Subdivisión y loteos 0,5% del avalúo fiscal del terreno.
No. 2: Obras nuevas y ampliaciones 0,75% del presupuesto.
No. 6: Modificación de Proyecto 0,5% del presupuesto.
No. 9: Certificado de número, línea, recepción, venta por piso 3% UTM

    Artículo No. 13:
    Se modifica el valor:
No. 2:0,1% por 0,05% UTM Artículo No. 14:
    Se modifican los valores en los siguientes puntos:
No. 1: 10% por 3% UTM
No. 2:10% por 3% UTM
    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República y archívese. Sergio Lira Sanfuentes, Alcalde. Germán O. Acevedo Flores, Secretario Municipal.