MODIFICA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES EN FORMA QUE INDICA

    Núm. 84 exento.- Pirque, 30 de Junio de 1988.- Vistos: El artículo 43 y demás pertinentes del Decreto Ley No. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, y teniendo presente las facultades que me otorgan los artículos 5º letra d) 10º y 53 letra i) y artículo 5º transitorio de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Considerando: La Circular No. R 019 de 28 de Abril de 1988, del Ministerio de Interior y Oficio No. 281 del Departamento de Tránsito y Transporte Público, sobre empadronamiento de carros y remolques,

    Decreto:

    Modifícase: La ordenanza local de derechos municipales, Título IV, sobre transporte, tránsito y vehículos, aprobado por Decreto No. 138, publicada en el Diario Oficial el 30 de Enero de 1988, en la forma que se indica:
Agrégase al artículo 10, lo siguiente No. 19 Carros y Remolques

- Certificado de Empadronamiento                      0,20 UTM
- Duplicado Certificado de Empadronamiento            0,05 UTM
- Certificado de modificaci¢n en el registro          0,10 UTM
- Placa provisoria y duplicado                        0,20 UTM

    Anótese, comuníquese en el Diario Oficial, cúmplase y hecho, archívese.- Juan Carlos Mella Astudillo, Alcalde Suplente.- María S. Madariaga Ulloa, Secretario Municipal subrogante.