MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES AÑO 1988

    Núm. 157 exento.- Lampa, 01 de Junio de 1988.- Vistos: El Art. 43 y demás pertinentes del Decreto Ley No. 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales; y, Teniendo presente las facultades que me otorgan los artículos 5º letra d) 10 y 53 letra i) de la Ley No. 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Considerando:

    1.- La Ordenanza Local No. 1 sobre Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios año 1988, publicada en el Diario Oficial con fecha 07 de Enero de 1988.
    2.- La Circular del Ministerio del Interior R-019 de 28 de Abril de 1988, acerca de empadronamiento de carros y remolques.

    Ordenanza:

    Modifícase "La Ordenanza Local sobre derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios año 1988", en su título IV sobre Derechos Municipales, sobre transporte, tránsito y vehículos", en el siguiente sentido:
Agrégase en el artículo 10 lo siguiente:

2.1. Certificado de Empadronamiento                  0,20 UTM.
2.2. Duplicado Certificado de Empadronamiento        0,05 UTM.
2.3. Certificado de Modificación en el Registro (*)  0,10 UTM.
2.4. Placa Provisoria (incluye duplicado placa)      0,20 UTM.
(*) No se cobrarán aquellos que correspondan a una rectificación de error u omisión administrativa.

    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Mario J. Aguilera Valenzuela, Alcalde de Lampa.- Carmen J. Leiva Acuña, Secretaria Municipal.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes.- Saluda atentamente a Ud.- Carmen J. Leiva Acuña, Secretaria Municipal.