MODIFICA DECRETO ALCALDICIO No. 2 EXENTO, DE 1988
    Rancagua, 30 de Junio de 1988.- Con esta fecha, la Alcaldía decretó lo siguiente:
    Núm. 723 exento.- I.- Ord‚nanse las siguientes modificaciones al Decreto Exento No. 2, de fecha 15 de Enero de 1988:
    1) Elimínanse en el número 2, "3.1., del apartado c), las letras a), b) y g).
    2.- Sustitúyese en el número 18, del apartado c), la letra b) por la siguiente:
    "Construcciones de obras de equipamiento efectuadas total o parcialmente con fondos municipales y/o de Organismos Comunitarios de carácter territorial, constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro, como las Juntas de Vecinos, Centros de Madres y Hogares de Menores en situación irregular reconocidos como colaboradores del Servicio Nacional de Menores y Hogar de Ancianos. Asimismo, las organizaciones de carácter funcional, con personalidad jurídica sin fines de lucro, como los Centros de Padres y Apoderados, Cuerpo de Bomberos, Organizaciones Privadas de Voluntariado, Clubes Deportivos y de Recreación de Barrios, Organizaciones Juveniles y de Adultos que promueven la participación de acciones sociales en beneficio de la comunidad hacia sectores desprotegidos".
II.- Las presentes modificaciones empezarán a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la República de Chile.

    Anótese, comuníquese, infórmese a la Intendencia de la VI Región, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Alfonso Orueta Ansoleaga, Alcalde de Rancagua.- Ricardo Sandoval Hernández, Secretario Municipal.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento y fines pertinentes.- Saluda atentamente a Ud.- Ricardo Sandoval Hernández, Abogado, Secretario Municipal.