AGREGA ARTICULO QUE INDICA A LA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS, CONTENIDA EN EL DECRETO ALCALDICIO No. 757, DE 1983,
    Puente Alto, 27 de Junio de 1988.- La Alcaldía decretó hoy lo que sigue:
    Núm. 661 exento.- Vistos: Las facultades que me confieren la Ley No. 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades y el DL No. 3.063 de 1979, "Ley de Rentas Municipales".

    Considerando:

    1) Que por Decreto Supremo No. 83, de fecha 15 de Enero de 1988, del Ministerio del Interior, publicado el 29 de Marzo de 1988, se aprobó el Reglamento de Registro Municipal de Carros y Remolques, que obliga a las Municipalidades a inscribir y mantener las respectivas mutaciones de dominio;
    2) Que en virtud de la disposición mencionada se hace necesario incorporar a la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios los derechos municipales correspondientes,
    Decreto:

    1.- Agrégase a la Ordenanza sobre Derechos Municipales por Permisos, concesiones y servicios contenida en el Decreto Alcaldicio No. 757, de 30 de Diciembre de 1983 y sus modificaciones posteriores, el siguiente artículo, que llevará el No. 11 Bis:
    "ARTICULO 11 BIS.- Establécense los derechos municipales que se indican por los servicios que se señalan:


a) Certificado de Empadronamiento REMUCAR              0,20 UTM
b) Duplicado de Certificado de Empadronamiento          0,05 UTM
c) Certificado de Modificación en el Registro Municipal
  de Carros de Arrastre y Remolques                    0,10 UTM
d) Placa Provisoria REMUCAR (incluye costo de duplicado
  de la placa)                                        0,20 UTM"

    Regístrese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República y archívese.- Víctor Hugo Vásquez Rogat, Alcalde.- Guillermo Vasquez Garay, Secretario Municipal.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Lo saluda.- Guillermo Vásquez Garay, Secretario Municipal.