MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

    Núm. 638.- Lota, 09.06.88.- Vistos:
    1.- La Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, aprobada por Decreto Alcaldicio No. 1.028, de 31 de Diciembre de 1984, publicada en el Diario Oficial de fecha 31 de Enero de 1985.
    2.- Los Decretos Alcaldicios que se pasan a señalar, modificatorios de la referida Ordenanza Local:
    2.l.- Decreto No. 1.313, de 26.11.85, publicado en el DO el 15.12.85;
    2.2.- Decreto No. 81, de 29.01.86, publicado en el DO el 17.02.86;
    2.3.- Decreto No. 151, de 20.02.86, publicado en el DO el 04.03.86;
    2.4.- Decreto No. 775, de 21.08.86, publicado en el DO el 01.09.86;
    2.5.- Decreto No. 73, de 26.01.87; publicado en el DO el 30.01.87:
    2.6.- Decreto No. 640, de 30.06.87, publicado en el DO el 08.07.87;
    2.7.- Decreto No. 063, de 21.01.88, publicado en el DO el 27.01.88.
    3.- El Artículo 43°, inciso 2°, de la Ley de Rentas Municipales,
    y, en uso de las facultades que me confiere el Artículo 10° de la Ley No. 18. 695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

    Decreto:


    Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, aprobada por Decreto Alcaldicio No. 1.028, de 31 de Diciembre de 1984, publicada en el Diario Oficial de fecha 31 de Enero de 1985, y sus modificaciones, en la siguiente forma:
    1°.- Modifícase el Artículo 8° según se indica:
    a) Agréganse los siguientes números:

    16.- Certificado de Empadronamiento            0,20 U.T.M.
    17.- Duplicado Certificado de Empadronamiento  0,05 U.T.M.
    18.- Placa Provisoria (incluye costo duplicado
          placa)                                    0,20 U.T.M.
    19.- Certificado de Modificación en el Registro.
          (No se cobrarán aquellos que correspondan
          a una Rectificación de Error u Omisión
          Administrativa)                          0,10 U.T.M.

    Anótese, comuníquese, infórmese al Sr. Intendente de la VIII Región, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- José Manuel Ramírez Rojas, Alcalde.- Jorge Chamorro Rodríguez, Secretario Municipal.