MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

    Núm. 1.- Litueche, enero 25 de 1999.- Vistos: El acuerdo Nº 1 de la Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de Litueche de fecha 25 de enero de 1999, que aprobó las modificaciones propuestas, y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones,
    D e c r e t o :


    Modifíquese la Ordenanza Local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios vigentes a la fecha en la comuna de Litueche, en la forma que señala, modificaciones que rigen a contar del 1 de febrero de 1999.


      Modifíquese letra s y agrégase la letra t al artículo Nº1

s.-  Arriendo motoniveladora por cada hora de servicio
    60% UTM.
t.-  Conección a Red Alcantarillado por construcciones
    nuevas a particulares                      1 UTM.

    Agrégase letras w y x Artículo Nº 2

    Letra w: Con el objeto de tener identificado el parque de  vehículos tracción humana que posee la comuna de Litueche y así poder apoyar la labor fiscalizadora que efectúa Carabineros de Chile en el control de esos móviles, que en la actualidad carecen de documentación que permita acreditar su propiedad.
    Se establece que dicho empadronamiento se hará por una sola vez y con esta se implementará un Registro Comunal de Vehículos Tracción Humana, para lo cual se emitirá el comprobante respectivo y su placa distintiva que deberá se adquirida por el Municipio en Casa de Moneda de Chile.
    Establécese además que este Empadronamiento pasará a formar parte de las acciones de promoción de conductas saludables en materia de tránsito dado que éstas irán acompañadas de Educaciones Grupales orientadas a hacer un buen uso de las vías que nos permitan evitar accidentes de tránsito y a tomar conciencia de la importancia de conocer la normativa que existe y el riesgo al que se exponen principalmente los menores, cuando transitan por las vías, tanto urbanas como rurales, sin estar informados de los requisitos que se deben cumplir para circular debidamente dentro de los márgenes que establece la Ley 18.290 y sus modificaciones.
    Establécese que estas modificaciones se enmarcará dentro de las acciones de la Estrategia Litueche Comuna Saludable.

1.-  Empadronamiento bicicletas o vehículo tracción humana.
    5% UTM
2.-  Otorgamiento placa distintiva a cobrar según arancel Casa de
    Moneda de Chile y nomenclatura que ésta otorgue a la Comuna.
3.-  Duplicado de empadronamiento: 2.5% UTM
4.-  Duplicado placa distintiva; valor a cobrar de acuerdo arancel
    Casa de Moneda de Chile.

    Letra x: Otorgamiento de placa distintiva producto de empadronamiento que provee la letra h de este artículo; referido a empadronamiento de Carros de Mano o Tracción Animal; valor a cobrar de acuerdo al arancel por Casa de Moneda de Chile.

      Agrégase las letras k, l y t al artículo Nº 3

    k.- El contribuyente con Patente Municipal que no declare su capital propio conjuntamente con el Balance en la fecha que prevee la Ley de Rentas Municipales en su artículo 24 y siguientes, la Municipalidad hará una estimación de 50% del último capital declarado.


    Letra l.-
l.1  Arriendo gimnasio municipal por hora para actividades deportivas  4% UTM
l.2  Arriendo gimnasio municipal a Instituciones para realizar bingos y otras actividades lucrativas: 1/2 UTM por día de funcionamiento
l.3  Arriendo Salón Municipal e Instituciones para actividades lucrativas 1/2 UTM por día de funcionamiento.

    t.- Instalación de ferias libres para pequeños productores agrícolas de la comuna 4% UTM por día de funcionamiento.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República, transcríbase a las unidades municipales, regístrese y archívese. Julio Campos González, Alcalde.- Eduardo Rey Duque, Secretario Municipal.