DISPONE EXPROPIACION DE TERRENOS QUE INDICA

    Núm. 4.222.- Coyhaique, 16 de Noviembre de 1988.- Vistos: Los Decretos alcaldicios Nºs. 3.421 y 3.870 de diciembre 05 de 1986 y enero 25 de 1987, respectivamente; el Decreto Alcaldicio Nº 1.350 de abril 14 de 1988, que modifica el Decreto Alcaldicio Nº 3.421, ya citado; el Decreto Alcaldicio Nº 2.439 de junio 28 de 1988, que crea la pertinente asignación de inversión; el Informe de la Comisión Tasadora de abril 30 de 1988; lo previsto en el D.L. Nº 2.186, de 1978, sobre expropiaciones; el Decreto del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo Nº 48, de mayo 11 de 1984; la Resolución Nº 219 de septiembre 23 de 1988, de la Dirección de Obras Municipales de Coyhaique, que aprueba Subdivisión de sitio en parte afecto a expropiación; las facultades que me confiere el art. 53º de la Ley Nº 18.695, de 1988, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; el D.S. Nº 1.676 del 19 de noviembre de 1987, del Ministerio del Interior, mediante el cual se me designa Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Coyhaique; y,
    Considerando: Circunstancias de orden presupuestario que determinan la conveniencia de segregar y proceder a expropiar separadamente y por actos individuales los distintos retazos de terrenos respecto de los cuales se dispuso estudio de expropiación y reinicio de tal procedimiento acorde con decretos alcaldicios dispuestos en los Vistos,

          Decreto:

    1º.- Exprópiese el Lote Nº 13-A de la Manzana Nº 30, resultante de la subdivisión predial autorizada por Resolución Nº 219 de septiembre 23 de 1988 de la Dirección de Obras Municipales de Coyhaique, ya citada, propiedad de doña Clemira Sandoval Patiño, inmueble ubicado en calle Almirante Simpson Nº 1101 de Coyhaique, inscrita a fs. 255 vta. Nº 270 del Registro de Propiedad del año 1986 del Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique.
    2º.- Los deslindes especiales del lote 13-A que se expropia son los referidos en el plano protocolizado con el Nº 239 y anotado en el Registro del Notario Público de Coyhaique don Guillermo Rebolledo López, con el Nº 1.756 de septiembre 30 de 1988, y que son:
    Norte: Almirante Simpson en 4,70 metros;
    Sur: Pasaje Peatonal en 4,70 metros;
    Este: Lote 13-B, en 50,00 metros; y Oeste: Pasaje Peatonal existente en 50,00 metros.
    La superficie del Lote Nº 13-A es de 235 m2., aproximadamente.
    3º.- El monto provisional de la indemnización se fijó en $607.750 (seiscientos siete mil setecientos cincuenta pesos), por la Comisión Tasadora designada para tal efecto por el Decreto Alcaldicio Nº 1.350, ya referido, y compuesta por los peritos señores Miguel Neumann Klener, Hans Heyer Vargas y Guillermo Vásquez Gómez.
    4º.- La indemnización se pagará al contado con el reajuste dispuesto en el art. 5º del D.L. Nº 2.186, con imputación al Item 31-71-013.
    5º.- Un extracto de este Decreto se publicará una vez en el Diario Oficial el día 15 de diciembre próximo o el siguiente hábil, y en el Diario La Nación.
    6º.- Copia del extracto se remitirá a Carabineros de Chile para que lo entreguen a la persona que ocupa o detente el inmueble, diligencia que deberá efectuarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha de este Decreto.
    7º.- Remítase copia autorizada de este Decreto al Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique para su anotación al margen de la inscripción de dominio indicado en el Nº1 y su inscripción en el Registro de Interdicciones y Prohibición de enajenar, acorde a lo dispuesto en el art.
7º, inciso final y art. 2º del D.L. Nº 2.186, ya citado.
    8º.- Comuníquese y transcríbase a la Dirección de Administración y Finanzas y Dirección de Obras Municipales de Coyhaique.- Camilo I. Henriquez Vio, Alcalde.- Eduardo Vega Wandersleben, Secretario Municipal.