MODIFICA ORDENANZA LOCAL QUE INDICA
N° 10/88.- Huépil, 18.11.88.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, DL 3.036 de 1979, la Alcaldía ha dictado la siguiente resolución en carácter de:
Ordenanza:
Artículo primero: Introdúcese las siguientes modificaciones a la Ordenanza Local No. 1-87, sobre Derechos Municipales por concesiones, permisos y servicios.
1.- Intercálese en el No. 6 del Art. 8, entre las palabras "cuando" y "se" la palabra "no".
2.- Agrégase al Art. 8 el siguiente:
N° 7 Inutilizacion de facsímil de Licencia de Conductor
por suspensión, cancelación denegación, no otorgamiento
de licencia o error irreparable 5% UTM
3.- Modifíquese el No. 26 del Art. 9, incorporado por Ordenanza No. 6/67, eliminándose la forma y monto de
los derechos y reemplazarse por el siguiente 2% UTM
por cubo
4.- Incorpórase al Art. 12, No. 4, lo siguiente,
nichos 10% UTM
5.- Derógase el monto de los derechos establecidos en el
No. 5 del Art. 13, incorporado por Ordenanza No. 6 87
y reemplazarse por el siguiente 1% UTM
Artículo segundo: Introdúcese la siguiente modificación al Art. 4 la Ordenanza Local 4-87 sobre Entretenimientos Electrónicos, manuales y otros reemplazándose el guarismo 24 por 02.
Artículo tercero: Introdúcese las siguientes modificaciones a la Ordenanza Local No. 9-87, sobre conservación de Caminos Comunales:
1.- Agrégase al Art. Primero, después del punto aparte, que pasa a ser reemplazado por una coma, lo siguiente: cerrar o interrumpir el libre tránsito vehicular o peatonal.
2.- Agrégase al Art. tercero, después del punto aparte, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: Asimismo, prohíbese a cualquier persona sacar material de los caminos comunales, salvo que cuente con autorización municipal y previo pago de los derechos correspondientes.
Anótese, comuníquese y archívese.- Manuel Melo Albornoz, Alcalde.- Gloria Arévalo Morales, Secretario Municipal.