EXPROPIA POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA

    Rancagua, 28.11.88.- Con esta fecha la Alcaldía decretó lo siguiente:

    Núm. 1.322 exento.-

    I. Exprópiase por causa de utilidad pública, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 59 y el Art. 128 del DFL No. 458, de 1976, un retazo de terreno con una superficie total de 5.959 m2. del lote 1-B en que se subdividió el bien raíz señalado en el considerando No. 2 del presente Decreto, inscrito a fojas 506 vuelta No. 779 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes de Rancagua del año 1969.
    La superficie a expropiar se encuentra dentro de los siguientes deslindes: Norte: en 157,5 metros aproximadamente con resto de propiedad; Sur: en 182 metros aproximadamente con resto propiedad; Oriente: en 51 metros aproximadamente con camino El Trapiche; y Poniente: en 37 metros aproximadamente con propiedad Empresa Constructora ECOSUR.

    II. Fíjase provisionalmente el monto de la indemnización por expropiación del inmueble en la suma de $ 420.050.

    III. Páguese en su oportunidad.

    IV. Impútese el gasto al Item correspondiente del presupuesto municipal vigente para 1988.

    V. Encontrándose conforme con la expropiación y su monto, recábese al propietario del inmueble afecto a la expropiación para que concurra a suscribir acta de acuerdo que redactará la Asesoría Jurídica Municipal, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 11 del DL No. 2.186, de 1976.

    VI. Publíquese en extracto el presente Decreto por una sola vez en el Diario Oficial, en días 01 ó 15, y también por una sola vez en el Diario "El Rancagüino".

    VII. Remítase copia del extracto del presente Decreto a Carabineros de Chile para su entrega al propietario.

    VIII. Anótese al margen de la respectiva inscripción de dominio.

    Anótese, comuníquese y archívese.- Alfonso Orueta Ansoleaga, Alcalde de Rancagua.- Ricardo Sandoval Hernández, Secretario Municipal.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes.
    Saluda a usted.- Ricardo Sandoval Hernández, Abogado, Secretario Municipal.