DISPONE AMPLIACION DE AREA DE CONGELAMIENTO DE SECTOR SUR DE LA CIUDAD DE RANCAGUA

    Núm. 1.034 exento.- Rancagua, junio 24 de 1998.- Considerando:

    1.- Que, mediante el decreto exento Nº 605, de fecha 8 de abril de 1998, se declaró el congelamiento de la zona del área sur de la comuna de Rancagua, definida en el Polígono A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-A.

    2.- Que, mediante el decreto exento Nº 673, de fecha 22 de abril de 1998, se complementó el decreto exento Nº 605/98, en su parte resolutiva número 1, en el sentido de especificar como marco territorial afecto a congelamiento, el área sur de la comuna de Rancagua.

    3.- Que, en sesión extraordinaria Nº 75, de fecha 26 de mayo de 1998, el Concejo Municipal por la unanimidad de sus miembros asistentes aprobó la ampliación del área de congelamiento que afecta a la zona sur de la ciudad de Rancagua.

    4.- Que, mediante el Ord. Nº 225, de fecha 19 de junio de 1998, el Asesor Urbanista, solicita el decreto alcaldicio de ampliación del área de congelamiento, y

    Vistos: Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.

    D e c r e t o:

    Dispónese la siguiente ampliación del área de Congelamiento del sector sur de la ciudad de Rancagua:

    A partir del vértice E del polígono de congelamiento:

    -  Tramo Poniente E-E'' desde el vértice E, Ruta 5 Sur entre Río Loco y Canal existente, vértice E''.

    -  Tramo Oriente K-L desde el vértice K, por fondos de sitio de población Las Rosas, desde calle Río Loco hasta canal existente.

    -  Tramo Norte L-E'' entre Ruta 5 - Sur y población Las Rosas por borde canal existente.

    -  Tramo Sur E-K por calle Río Loco entre límite poniente, población Las Rosas y Ruta 5 Sur.

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial de la República, y en algún diario de mayor circulación de la comuna y archívese.- Darío Valenzuela Van Treek, Alcalde.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.