MODIFICA PLAN REGULADOR EN FORMA QUE INDICA

    Núm. 798 exento.- Rancagua, 13 de mayo de 1998.

    Considerando:

    1.- Que, en sesión ordinaria Nº 72, de fecha 5 de mayo de 1998, se trató el tema ''Cambio de uso de suelo en población Oscar Bonilla'', en virtud del Artículo Nº 45, punto Nº 1, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el objeto de aprobar la modificación al equipamiento vecinal ubicado en dicha población.
    2.- Que, el Concejo Municipal en dicha sesión aprobó por la unanimidad de sus miembros asistentes las modificaciones propuestas por la Dirección de Obras Municipales.
    3.- Que, conforme al decreto  exento Nº 380, de fecha 25 de julio de 1984, se oficializó plano de subdivisión aprobado por la Dirección de Obras Municipales, con fecha 5 de junio de 1984.
    4.- Que, el Pase Interno Nº 152, de fecha 5 de mayo último, de la Asesoría Urbana, solicita modificar el Plan Regulador comunal vigente, en virtud del artículo 45, en su punto 1, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y
    Vistos: Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; los artículos 43, letra d) y 45, punto Nº 1, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.

    D e c r e t o:

    Modifícase el Plan Regulador de Rancagua, de acuerdo al Artículo 45, punto número 1, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en la forma que se indica:

* Sector Población Oscar Bonilla

    Modifíquese el destino del terreno de equipamiento de locales comerciales a equipamiento vecinal del polígono a-b-c-d-a, cuyos deslindes son de 12.00 x 25.00 mts, con una superficie  de 300 m², ubicado entre las calles Manuel Rodríguez con Pasaje 13.

Uso de suelo actual:

* Locales Comerciales.

Uso de suelo propuesto y definitivo:

* Equipamiento vecinal.

    Instrúyase a las Direcciones de Obras Municipales y al Departamento de Asesoría Urbana para que incorpore la presente modificación según corresponda, Dirección de Relaciones Públicas para que efectúe las publicaciones en el Diario Oficial de la República y en el de mayor circulación local, y Dirección de Asesoría Jurídica para que efectúe la correspondiente inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, conforme a la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, respectivamente.

    Anótese, publíquese, comuníquese y archívese.- Darío Valenzuela Van Treek, Alcalde.- Carlos Morales Lara, Secretario Municipal.